HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut

XXV-7

 


LEY XXV.- N° 7 (Antes Ley 1585)      

Artículo 1º.- Ratificase en todas sus partes el Convenio celebrado en la ciudad de Buenos Aires el 17 de noviembre de 1977 entre la Secretaría de Estado de Desarrollo Urbano y Vivienda; el Gobierno de la Provincia del Chubut y el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, representados por sus respectivos titulares, por el cual se pone en marcha la forma y condiciones de operación que la Ley Nro. 21.581 establece para los planes de vivienda realizados o que se realicen con financiación del Fondo Nacional de la Vivienda en el ámbito Provincial.

Artículo 2º.- Regístrese, dése al Boletín Oficial, comuníquese y cumplido, archívese.


LEY XXV.- N° 7 (Antes Ley 1585) TABLA DE ANTECEDENTES      
Nº del Artículo del Texto Definitivo     Fuente     
La numeración de los artículos del Texto Definitivo provienen del texto original de la Ley 1585     


LEY XXV.- N° 7 (Antes Ley 1585) TABLA DE EQUIVALENCIAS      
Número de artículo del Texto Definitivo     Número de artículo del Texto de Referencia (Ley 1585)     Observaciones     
La numeración de los artículos del Texto Definitivo corresponde a la numeración original de la Ley 1585