HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut

XXV-50-ANEXO-A

 

 

LEY XXV – Nº 50

ANEXO A

CONVENIO EJECUTIVO MODIFICATORIO DE 1 VIVIENDA PARA PERSONAL DE SALUD

Entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano; representado en este acto por/su Presidente, Arq. Ricardo Alberto  Trovant que obra en uso de las facultades conferidas por el Decreto  N° 134/13, por una parte, en adelante "EL INSTITUTO", y por la otra  la Comuna Rural de Facundo, representada por su Presidente Doña Vilma Pinilla,  en adelante "LA COMUNA",  se celebra el presente Convenio Ejecutivo Modificatorio del Convenio Ejecutivo Ampliatorio firmado entre el IPVyDU y la Comuna Rural de Facundo  en fecha 18 de Mayo del 2012 y protocolizado.el día 22 de Mayo de   2012 al Tomo:02, Folio:276 de Escribanía General de Gobierno, y de  acuerdo a la Nota N° 2431/13 M.S. en la cual el Ministerio de Salud se notifica y presta conformidad para realizar la correspondiente redeterminación de precios a las viviendas a ejecutar. Lo expuesto precedentemente se ha estipulado en la cláusula TERCERA del Convenio Modificatorio suscripto entre el IPVyDU y el Ministerio de Salud firmado en fecha 18 de Abril del 2012 y protocolizado el día 23 de Abril de 2012 al Tomo:02, Folio:136 de Escribanía General de Gobierno. El presente Convenio Ejecutivo Modificatorio queda sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: "EL INSTITUTO" aportará en lugar de los PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO TRECE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($258.113,66), acordados en el Convenio Ejecutivo Ampliatorio, la suma de PESOS TRESCIENTOS NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($309.189,90), necesarios para la ejecución de la obra: "Construcción de 1 vivienda de 3 dormitorios para personal de Salud", en la localidad de Facundo, conforme valores vigentes según Resolución N° 1528/13 IPVyDU.-

SEGUNDA: Las restantes cláusulas del Convenio anterior mantienen plena vigencia en todo lo que no resultaran afectadas por el presente Convenio.-

TERCERA: Para todos los efectos de este Convenio, las partes constituyen domicilio especial, "EL INSTITUTO" en su sede, Don Bosco N° 297 de la ciudad de Rawson y "LA COMUNA" en su sede de la localidad de Facundo, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y cuantas diligencias tuvieran lugar, aceptando desde ya la jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de Rawson, Provincia del Chubut. En prueba de conformidad con lo precedentemente estipulado, se suscribe el presente convenio en cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la localidad de Rawson, Provincia del Chubut, a los 17 días del mes de .Septiembre-del año dos mil trece.-

 

TOMO  5-FOLIO 003-FECHA 20 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

 

LEY XXV – N° 50

ANEXO A

 

TABLA DE ANTECEDENTES

 

 

Todos los Artículos del texto definitivo provienen del original de la ley.-

 

 

 

LEY XXV – N° 50

ANEXO A

 

TABLA DE EQUIVALENCIAS

 

 

Todos los Artículos del texto definitivo se corresponden con los artículos del texto

original de la ley.-