CONVENIO EJECUTIVO MODIFICATORIO
Entre el
Instituto Provincial de la Vivienda y
Desarrollo Urbano, representado en este acto por su Presidente, ingeniero
civil Gustavo A. García Moreno que obra en uso de las facultades conferidas
por el Decreto N°17/07, por una parte, en adelante
"EL INSTITUTO" y por otra
la Comuna Rural de Carrenleufú, representada por su Presidente, Don Juan
Orlando Muriette, en adelante
"LA COMUNA", se celebra el
presente Convenio Ejecutivo Modificatorio del Convenio Ejecutiva Ampliatorio
firmado en fecha 07 de Junio de 2010 y protocolizado en fecha 10 de Junio de
2010 al Tomo: 04:, Folio: 017 de Escribanía General de Gobierno, sujeto a la
siguientes cláusulas: ----
PRIMERA:
"LA COMUNA" ejecutará la obra: "Construcción de 7 viviendas de 2
dormitorios", en la localidad de Carrenleufú.- -
SEGUNDA:
"EL INSTITUTO"
aportará en lugar de los PESOS SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRES
CON OCHENTA TRECENTAVOS
($773.003, 83.-) acordados en el Convenio citado, la suma de PESOS
OCHOCIENTOS CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS
($805.961,37-), conforme valores vigentes según Resolución N° 3351/10
IPVyDU.-
TERCERA:
Las restantes cláusulas del Convenio anterior mantienen plena vigencia en
todo lo que no resultaran afectada por
el presente Convenio.
CUARTA:
Para todos los efectos de este Convenio, las partes constituyen domicilio
especial, "EL INSTITUTO" en su sede, Den Bosco N° 297 de la ciudad de Rawson
y "LA COMUNA" en la localidad de Carrenleufú, donde se tendrán por válidas
todas las notificaciones y cuantas diligencias tuvieran lugar, aceptando
desde ya la jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de
Rawson, Provincia del Chubut.
En prueba de
conformidad con lo precedentemente estipulado, se suscribe el presente
convenio en cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en
la localidad de Rawson, Provincia del Chubut a los 5 días del mes de
Septiembre del año dos mil once.-
TOMO 5 FOLIO 036 CON FECHA 7 DE SEPTIEMBRE DE 2011
LEY XXV – N° 41
ANEXO A
TABLA DE ANTECEDENTES
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Todos los Artículos del texto
definitivo provienen del original de la ley.-
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LEY XXV – N° 41
ANEXO A
TABLA DE EQUIVALENCIAS
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Todos los Artículos del texto
definitivo se corresponden con los artículos del texto
original de la ley.-
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