 | HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut |
XXV-37-ANEXO-D |
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ANEXO D
CONVENIO COMPROMISO
Entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, representado por su Presidente ingeniero civil Gustavo A.García Moreno que obra en uso de las facultades conferidas por el Decreto N°17/07, por una parte, en adelante "EL INSTITUTO" Y por otra la Comuna Rural de Dique F. Ameghino, representada por su Presidente, Don Antonio Méndez, en adelante "LA COMUNA", se celebra el presente Convenio para la ejecución de una obra delegada, con asistencia financiara de "EL INSTITUTO” con recursos FO.NA.VI., en el marco de la operatoria tendiente a atender esfuerzos autogestionarios de la comunidad sujeto o a las siguientes cláusulas
PRIMERA: "EL INSTITUTO" aportará el monto de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCO CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($283.605, 54,-), necesarios para la ejecución de la obra: "Construcción de 2 viviendas de 2 dormitorios" en la localidad de Dique F. Ameghino, a solicitud de "LA COMUNA", conforme valores vigentes según Resolución N°3351/10 IPV y DU.
SEGUNDA: "LA COMUNA" ejecutará la obra por si o por terceros en la localización por ella predeterminada.
TERCERA: "LA COMUNA" elaborara la documentación técnica aprobada, necesaria para la ejecución de la obra.-
CUARTA: "LA COMUNA" asume la exclusiva responsabilidad por la ejecución de los trabajos, como así también de los emergentes por relaciones contractuales con terceros que pudieren surgir.
QUINTA: El plazo de amortización para la cancelación total del préstamo será abonado por "LA COMUNA" en trescientos (300) meses, con una tasa anual del cuatro por ciento (4%) sobre saldos. El inicio para la devolución del préstamo se producirá automáticamente a los treinta (30) días de abonado el último desembolso o de la notificación de finalización en el caso que haya habido una reducción de obra.
SEXTA: Como garantía de cancelación del crédito en favor de "EL INSTITUTO", "LA COMUNA" autoriza expresamente a "EL INSTITUTO", a requerir el débito automático de los montos de las cuotas mensuales al Banco del Chubut S.A , dichos montos serán debitados de la cuenta nº 1500106/9 del Banco del Chubut S.A., sucursal Trelew o la que en el futuro reemplace, o de la cuenta habilitada para la recepción de los importes que por coparticipación federal de impuestos regalías petroleras percibiera mensualmente “LA COMUNA”. Dichos montos se depositarán en la cuenta corriente nº 200 541/2 que posee "el INSTITUTO" en el Banco de Chubut S.A, en su sede central de la ciudad de Rawson.
SEPTMA: Las partes acuerdan la firma de un Convenio Ejecutivo, complementario al presente, una vez elaborada y aprobada la documentación legal y técnica a necesaria para la ejecución de las obras. Asimismo "LA COMUNA" presentar el Decreto de ratificación del presente Convenio por parte del Poder Ejecutivo Provincial. Con la firma del Convenio Ejecutivo "EL INSTITUTO" efectuará el primer desembolso de pago.
OCTAVA: Para todos los efectos de este Convenio las partes constituyen domicilio especial, "EL INSTITUTO ,en su sede Don Bosco N°297 de la ciudad de Rawson y "LA COMUNA" en sede, en la localidad de Dique F. Ameghino, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y cuantas diligencias tuvieran lugar, aceptando desde ya la jurisdicción de lostribunales Ordinarios de la ciudad de Rawson, Provincia del Chubut.- En prueba de conformidad con lo precedentemente estipulado, se suscribe el presente convenio en cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la localidad de Rawson, Provincia de1 Chubut a los 04 días del mes de Abril .............................................................. del año dos mil once.
TOMO 2 FOLIO 260- FECHA 06 DE ABRIL DE 2011-
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