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HONORABLE
LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut |
XXV-30 |
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LEY XXV - Nº 30
Artículo 1º.- Apruébase en todos sus términos el Convenio Particular de Obras por Administración, Programa Federal de los Mejoramientos de Viviendas, suscripto entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Comuna Rural de Las Plumas para la ejecución de la obra “Catorce (14) Mejoramientos de Viviendas en la Localidad de Las Plumas”, firmado el 27 de Octubre de 2009 y protocolizado el 04 de Noviembre de 2009 al Tomo 5, Folio 296 del Registro de Contratos de locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, ratificado por el Poder Ejecutivo Provincial por Decreto Nº 1948 de fecha 30 de Diciembre de 2009. Resultando del citado convenio que la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda conviene en financiar la suma de Pesos Cuatrocientos Sesenta y Dos Mil ($ 462.000.-), y el Instituto Provincial de la Vivienda la suma de Pesos Treinta y Ocho Mil Setecientos Diecinueve con Veintiocho Centavos ($ 38.719,28).
Artículo 2º.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
LEY XXV - N° 30 TABLA DE ANTECEDENTES
Artículo del Texto Definitivo Fuente
Todos los artículos del Texto Definitivo provienen al texto original.-
LEY XXV - N° 30 TABLA DE EQUIVALENCIAS
Número de artículo del Texto Definitivo Número de artículo del Texto de Referencia Observaciones
La numeración de los artículos del Texto Definitivo corresponde a la numeración original de la Ley.
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