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LEY XXV- Nº 23
Artículo 1º.- APRUÉBASE en todos sus términos el Convenio suscripto en la ciudad de Rawson, el día 30 de enero de 2009 entre el Gobierno de la Provincia del Chubut, representado por el Señor Gobernador de la Provincia, Don Mario DAS NEVES, y el Señor Ministro de la Familia y Promoción Social, Don Roddy Ernesto INGRAM, y el Municipio de la ciudad de Rawson, representado por el Señor Intendente, Doctor Adrián Gustavo LÓPEZ, protocolizado al Tomo 1, Folio 149, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 16 de febrero de 2009, que tiene por objeto articular y ejecutar tareas de refacción y mejoramiento de veintitrés (23) viviendas ubicadas en la ciudad de Rawson, pertenecientes a personas y familias de bajos recursos, que se encuentran en situación de emergencia habitacional, para lo cual el Ministerio de la Familia y Promoción Social aportará la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL CIENTO DIECISÉIS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 150.116,96) que serán destinados a la compra de materiales de construcción e insumos.
Artículo 2º.- APRUÉBASE en todos sus términos el Convenio suscripto en la ciudad de Rawson, el día 10 de febrero de 2009 entre el Gobierno de la Provincia del Chubut, representado por el Señor Gobernador de la Provincia, Don Mario DAS NEVES, y el Señor Ministro de la Familia y Promoción Social, Don Roddy Ernesto INGRAM, y el Municipio de la ciudad de Trelew, representado por el Señor Intendente, Doctor César Gustavo MAC KARTHY, protocolizado al Tomo 1, Folio 206, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 24 de febrero de 2009, que tiene por objeto articular y ejecutar tareas de refacción y mejoramiento de siete (7) viviendas ubicadas en la ciudad de Trelew, pertenecientes a personas y familias de bajos recursos, que se encuentran en situación de emergencia habitacional, para lo cual el Ministerio de la Familia y Promoción Social aportará la suma total de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO CON NUEVE CENTAVOS ($ 58.724,09) que serán destinados a la compra de materiales de construcción e insumos.
Artículo 3º.- APRUÉBASE en todos sus términos el Convenio suscripto en la ciudad de Rawson, el día 13 de febrero de 2009 entre el Gobierno de la Provincia del Chubut, representado por el Señor Gobernador de la Provincia, Don Mario DAS NEVES, y el Señor Ministro de la Familia y Promoción Social, Don Roddy Ernesto INGRAM, y el Municipio de la localidad de Tecka, representado en este acto por el Señor Intendente, Don Jorge David SEITUNE, protocolizado al Tomo 1, Folio 150, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 16 de febrero de 2009, que tiene por objeto articular y ejecutar tareas de refacción y mejoramiento de seis (6) viviendas ubicadas en la localidad de Tecka, pertenecientes a personas y familias de bajos recursos, que se encuentran en situación de emergencia habitacional, para lo cual el Ministerio de la Familia y Promoción Social aportará la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO CON SETENTA Y UN CENTAVOS ($ 136.738,71) que serán destinados a la compra de materiales de construcción e insumos.
Artículo 4º.- APRUÉBASE en todos sus términos el Convenio suscripto en la ciudad de Rawson, el día 13 de febrero de 2009 entre el Gobierno de la Provincia del Chubut, representado por el Señor Gobernador de la Provincia, Don Mario DAS NEVES, y el Señor Ministro de la Familia y Promoción Social, Don Roddy Ernesto INGRAM, y la Comuna Rural de la localidad de Colán Conhué, representada por su Presidente Señor Nelson Marcial RIVERA, protocolizado al Tomo 1, Folio 147, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 16 de febrero de 2009, que tiene por objeto articular y ejecutar tareas para la construcción de cinco (5) viviendas ubicadas en la localidad de Colán Conhué, destinadas a personas y familias de bajos recursos, que se encuentran en situación de emergencia habitacional, para lo cual el Ministerio de la Familia y Promoción Social aportará la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00) que serán destinados a la compra de materiales de construcción e insumos.
Artículo 5º.- APRUÉBASE en todos sus términos el Convenio suscripto en la ciudad de Rawson, el día 13 de febrero de 2009 entre el Gobierno de la Provincia del Chubut, representado por el Señor Gobernador de la Provincia, Don Mario DAS NEVES, y el Señor Ministro de la Familia y Promoción Social, Don Roddy Ernesto INGRAM, y el Municipio de la localidad de Gualjaina, representado por el Señor Intendente, Don José Carlos DUSCHER, protocolizado al Tomo 1, Folio 146, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 16 de febrero de 2009, que tiene por objeto articular y ejecutar tareas de refacción y mejoramiento de treinta y siete (37) viviendas ubicadas en la localidad de Gualjaina, pertenecientes a personas y familias de bajos recursos, que se encuentran en situación de emergencia habitacional, para lo cual el Ministerio de la Familia y Promoción Social aportará la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE CON VEINTE CENTAVOS ($ 133.817,20) que serán destinados a la compra de materiales de construcción e insumos.
Artículo 6º.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo
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LEY XXV - Nº 23
TABLA DE ANTECEDENTES
Artículo del Texto Fuente
Definitivo
1 / 6 Texto original
LEY XXV- N° 23 TABLA DE EQUIVALENCIAS
Número de artículo del Texto Definitivo Número de artículo del Texto de Referencia (Ley XXV Nº 23) Observaciones
1 / 6 1 / 6 La numeración de los artículos del Texto Definitivo corresponde a la numeración original de la ley.-
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