HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut

XXV-21

 


LEY XXV- Nº 21


Artículo 1º.- APRUÉBASE en todos sus términos el Convenio suscripto en la ciudad de Rawson, el día 22 de diciembre de 2008, entre el Gobierno de la Provincia del Chubut, representado por el Señor Gobernador de la Provincia, Don Mario DAS NEVES y el Señor Ministro de la Familia y Promoción Social, Don Roddy Ernesto INGRAM, y el Municipio de la localidad de El Maitén, representado por el Señor Intendente, Don Oscar Rubén CURRILEN, protocolizado al Tomo 1, Folio 057, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 22 de enero de 2009, que tiene por objeto articular y ejecutar tareas con el objeto de refacción y mejoramiento de diez (10) viviendas ubicadas en la localidad de El Maitén, pertenecientes a personas y familias de bajos recursos, que se encuentran en situación de emergencia habitacional, para lo cual el Ministerio de la Familia y Promoción Social aportará la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON CUARENTA CENTAVOS ($ 168.652,40) que será destinado a la compra de materiales de construcción e insumos.

Artículo 2°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.


LEY XXV - Nº 21

TABLA DE ANTECEDENTES

Artículo del Texto Fuente
Definitivo
1 / 2 Texto original

LEY XXV - N° 21 TABLA DE EQUIVALENCIAS      
Número de artículo del Texto Definitivo     Número de artículo del Texto de Referencia (Ley XXV Nº 21)     Observaciones     
1 / 2     1 / 2     La numeración de los artículos del Texto Definitivo corresponde a la numeración original de la ley.-