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HONORABLE
LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut |
XXV-17 |
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LEY XXV.- N° 17 (Antes Ley 5468)
Artículo 1°.- Denominase “Vivienda Cushamen” al prototipo de vivienda bioclimática construida por el Estado Provincial en el Departamento Cushamen, Paraje Fofo Cahuel, Latitud 42° - 18.647, Longitud 70° - 34.102, Altitud 589 metros sobre el nivel del mar, de acuerdo con las características descriptas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Ley, de acuerdo con el “Programa de Mejoramiento del Hábitat y las Condiciones Productivas para Pobladores Rurales Dispersos y de Pequeñas Comunidades del Chubut”.
Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo Provincial instrumentará las medidas que correspondan para proteger este emprendimiento provincial de acuerdo con las normas que regulan el reconocimiento de la propiedad intelectual y/o industrial.
Artículo 3º.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
LEY XXV.- N° 17 (Antes Ley 5468 ) TABLA DE ANTECEDENTES
Nº del Artículo del Texto definitivo Fuente
Todos los artículos del Texto Definitivo provienen del texto original de la Ley 5468
LEY XXV.- N° 17 (Antes Ley 5468) TABLA DE EQUIVALENCIAS
Número de artículo del Texto Definitivo Número de artículo del Texto de Referencia (Ley 5468) Observaciones
La numeración de los artículos del Texto Definitivo corresponde a la numeración original de la Ley 5468
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