HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut

XXV-12-ANEXO-A

 

ANEXO A
Las Partes acuerdan constituir el Programa con el objeto de establecer los mecanismos legales necesarios, no excluyentes de otros mecanismos o programas que los Bancos Organizadores u otros bancos pudieran llevar adelante en forma independiente, para: primero, la financiación por parte de los Bancos Organizadores de Proyectos de construcción de viviendas por parte de los IPV Adherentes, con la supervisión de la Subsecretaria; y, luego, la titulización de las Hipotecas que se constituyan sobre las Viviendas una vez adjudicas, de modo tal de establecer mecanismos sostenidos de financiación y construcción de Viviendas. Los Bancos Organizadores, el Co-Organizador, el Ministerio y la Subsecretaria, y ciertos IPV suscriben inicialmente el presente Contrato Marco, asumiendo asimismo su condición de Partes aquellos otros IPV que se constituyan en IPV Adherentes. A cada IPV Adherente se le hará entrega de una copia certificada del Contrato Marco 2000. El Programa se llevara adelante de acuerdo al procedimiento previsto en el Contrato Marco 2000, cuyos pasos, en orden cronológico, para la aprobación de Proyectos, financiación de la construcción e Inicio de Obras, se detallan en forma abreviada a continuación: a) Adhesión por parte de los IPV interesados en constituirse como Partes; b) Preparación de los IPV Adherente de los Proyectos a ser presentados a la Comisión Verificadora, incluyendo antecedentes, fundamentos, proyecto de pliego, y demás condiciones; c) Aprobación inicial del Proyecto por parte de la Comisión Verificadora; d) Llamado a Licitación Publica por parte del IPV Adherente solicitante; e) Pre-adjudicación de la Licitación Publica; f) Presentación del IPV Adherente al Comité de Bancos, del proceso licitatorio y pre-adjudicación; g) Suscripción del Contrato de Préstamo Sindicado; h) Adjudicación y suscripción del Contrato de Obra; i) Inicio de Obra.