HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut

XVI-92

 

 

LEY XVI - N° 92

 

Artículo 1°.- Amplíase la jurisdicción territorial de la Comisión de Fomento de 28 de Julio determinada por la LEY XVI  N° 31 (antes Ley Nº 2.174), ubicada en el Departamento Gaiman, la que quedará comprendida en lo sucesivo dentro de los siguientes límites: "al NORTE los lados de ese rumbo de los lotes 8 e, 7 a, 4 a, 25 d y 21 a, de la Sección BII Fracción B y Sección BIII Fracción A; al ESTE los lados de ese rumbo del lote 21 a, las Chacras 33 y 36 del Sector 1 de la Circunscripción 3 y las Chacras 11, 18, 24, 28 y 30 del Sector 2 de la Circunscripción 3, estas pertenecientes al límite OESTE del Ejido Municipal de Dolavon, lotes 9 a  y 22 a de la Sección BIII Fracción D y lote 25 a, de la Sección BIII Fracción D; al SUR con el lado de ese rumbo de los Lotes 22 a, 23 a, 25 a y 26 a; al OESTE con los límites de ese rumbo de los lotes 26 a, 12 a, 8 g, 8 f y 8 e.”

Articulo 2°.- Apruébese el plano representativo de la Jurisdicción territorial de la Comisión de Fomento de 28 de Julio, descripta en el artículo anterior, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

 

Artículo 3º.- LEY  GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

LEY XVI - N° 92

TABLA DE ANTECEDENTES

Artículo del Texto

Definitivo

Fuente

1/3

Texto original


LEY XVI - N° 92

TABLA DE EQUIVALENCIAS

Número de artículo

del Texto Definitivo

Número de artículo

del Texto de Referencia

La numeración de los artículos del Texto Definitivo corresponde a la numeración original de la Ley.