HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut

XVI-59

 



LEY XVI - Nº 59
(Antes Ley 3504)


Artículo 1º.- Declárense sujetos a municipalización los Barrios: General Mosconi, Saavedra, Mariano Moreno, 25 de Mayo, Juan José Castelli, Güemes, Sarmiento, Nicolás Rodríguez Peña, Presidente Ortiz, Azcuénaga, Las Orquídeas, Don Bosco, Standart Norte, Standart Sur, Gobernador Fontana, Próspero Palazzo, Ciudadela, Kilómetro 11, Caleta Córdoba, Restinga Alí, Astra, Laprida, Manantial Rosales, Diadema Argentina y La Tranquera, de la zona norte de Comodoro Rivadavia.

Artículo 2º.- La municipalización referida será efectivizada por Ley, previo referéndum de la ciudadanía de Comodoro Rivadavia. Para el caso que el referéndum avale la municipalización, la ley será dictada en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días.

Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.


LEY XVI-N° 59 (Antes Ley 3504) TABLA DE ANTECEDENTES      
Artículo del Texto Definitivo     Fuente     
Todos los artículos provienen del texto original de la Ley 3504     

LEY XVI -N° 59 (Antes Ley 3504) TABLA DE EQUIVALENCIAS      
Número de artículo del Texto Definitivo     Número de artículo del Texto de Referencia      Observaciones     
La numeración de los artículos del Texto Definitivo corresponde a la numeración original de la Ley.