HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut

XVI-28

 



LEY XVI- Nº 28
(Antes Ley 1876)


Artículo 1º: Declárase Comisión de Fomento a partir del 1º de marzo de 1981 a la actual Comuna Rural de Paso de Indios.

Artículo 2º: El ejido de la Comisión de Fomento de Paso de Indios estará situado en parte de la Legua c, lote 5, Fracción A, Sección H - I y tendrá una superficie de 1875 hectáreas. El deslinde de dicha superficie es el siguiente: partiendo del esquinero Sureste de la mencionada legua c se medirán hacia le Oeste 3750 metros sobre la divisoria de los lotes 5 y 6 de allí, con ángulo de 90º hacia el Norte, 5.000 metros hasta encontrar la divisoria de las leguas b y c; desde este punto con ángulo de 90º, 3.750 metros hacia el Este, hasta encontrar el lote 1 de la fracción B, y desde aquí, con ángulo en los 90º hacia el Sur, 5.000 metros hasta llegar al ángulo de partida.

Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, archívese.

LEY XVI-N° 28 (Antes Ley 1876) TABLA DE ANTECEDENTES     
Artículo del Texto Definitivo     Fuente     
1/3     Texto original     
     Artículos Suprimidos: Anterior art. 3: por objeto cumplido     

LEY XVI-N° 28 (Antes Ley 1876) TABLA DE EQUIVALENCIAS     
Número de artículo del Texto Definitivo     Número de artículo del Texto de Referencia (Ley 1876)     Observaciones     
1/2      1/2          
3     4