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HONORABLE
LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut |
XVI-21 |
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LEY XVI - Nº 21
(Antes Ley 1124)
Artículo 1º.- La jurisdicción Municipal de: El Maitén está comprendida dentro de los siguientes límites: Partiendo del esquinero Oeste de la Colonia Cushamen, las divisorias entre esta última y la Colonia Fitirihuin, en los lados Nor-Este y Sur-Este de la misma; vértice Sur de la Colonia Fitirihuin, la divisoria entre esta y la Colonia Cholila hasta su intersección con el lado Este del lote 11; de este punto, siguiendo la divisoria entre los lotes 11 y 12 y 9 y 10 con rumbo Norte hasta interceptar la propiedad de María M. de Richter y María L. Richter de Mehaudy; siguiendo los límites Sur, Oeste y Norte de esta propiedad hasta la de hijos de Abraham Breide; los límites Oeste y Norte de ésta, hasta la divisoria de los lotes 1 y 2; límite Oeste del lote 2 hasta el Paralelo 42º, límite con la Provincia de Río Negro, cuadrando hacia el Este, por el Paralelo hasta interceptar el lado Sur-Este de la Colonia Maitén, de este punto con rumbo Sur-Oeste hasta encontrar el punto de partida, lindando con parte del lote 4 y parte de la Colonia Cushamen, todo dentro de la Sección J III, Fracción B, de la división catastral general de la Provincia.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
LEY XVI-N° 21 (Antes Ley 1124) TABLA DE ANTECEDENTES
Artículo del Texto Definitivo Fuente
Todos los artículos provienen del texto original de la Ley 1124
LEY XVI -N° 21 (Antes Ley 1124) TABLA DE EQUIVALENCIAS
Número de artículo del Texto Definitivo Número de artículo del Texto de Referencia Observaciones
La numeración de los artículos del Texto Definitivo corresponde a la numeración original de la Ley.
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