HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut

XVI-17

 



LEY XVI - Nº 17
(Antes Ley 1108)


Artículo 1º.- Declárase a la Corporación Municipal de Corcovado cuyo territorio se encuentra establecido por Decreto 6.907/53 Municipalidad de Segunda Categoría.

Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

LEY XVI-N° 17 (Antes Ley 1108) TABLA DE ANTECEDENTES      
Artículo del Texto Definitivo     Fuente     
Todos los artículos provienen del texto original de la Ley 1108     
          


LEY XVI -N° 17 (Antes Ley 1108) TABLA DE EQUIVALENCIAS      
Número de artículo del Texto Definitivo     Número de artículo del Texto de Referencia      Observaciones     
La numeración de los artículos del Texto Definitivo corresponde a la numeración original de la Ley. Se ha suprimido del artículo 1 el párrafo: de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo I de la Ley Nº 55.