HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut

XV-2

 


LEY XV- Nº 2 (Antes Ley 1754)      

Artículo 1º Adhiérese la Provincia del Chubut al Convenio suscripto entre el Poder Ejecutivo Nacional y la Provincia de Buenos Aires, con fecha 28 de marzo de 1979, aprobado por Ley Nacional Nº 22.055 tendiente a agilizar en los procesos penales la producción de prueba informativa y documental; de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 4º de dicha Ley y artículo 12º del mencionado Convenio.

Artículo 2º Regístrese, comuníquese, póngase en conocimiento del Gobierno Nacional y cumplido, archívese.

LEY XV-Nº 2 (Antes Ley 1754) TABLA DE ANTECEDENTES      
Nº del Artículo del Texto Definitivo     Fuente     
Todos los artículos del Texto Definitivo provienen del texto original de la Ley Nº 1754     


LEY XV-Nº 2 (Antes Ley 1754) TABLAS DE EQUIVALENCIAS      
Número de artículo del Texto Definitivo     Número de artículo del Texto de Referencia (Ley 1754)     Observaciones     
La numeración de los artículos del Texto Definitivo corresponde a la numeración original de la Ley 1754