POLICÍA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DIRECCIÓN DE GÉNERO
A los fines administrativos,
organizativos y jerárquicos la
Dirección de Género dependerá
directamente de la Sub-Jefatura de
Policía y forma parte del
Organigrama de la Policía de la
Provincia del Chubut, figurando bajo
las siglas D5. De esta dirección
dependerán las siguientes áreas:
a)
Área Comisaría de la Mujer
b)
Área Integral contra la
Violencia por motivos de Género
c)
Área Policía Comunitaria
Misiones:
Será misión de la Dirección de
Género de la Policía de la Provincia
de Chubut: Controlar, prevenir,
intervenir, proteger y monitorear
todos los asuntos o hechos en los
que directa o indirectamente se vean
afectadas personas debido a su
identidad o expresión de género u
orientación sexual, dentro de las
competencias inherentes a las
fuerzas de seguridad de la
provincia.
Funciones:
Serán funciones de la Dirección de
Género de la Provincia de Chubut:
a)
Dar cumplimiento a lo
dispuesto en los Tratados y
Convenciones Internacionales de
Derechos Humanos, la Constitución
Nacional, Leyes y demás normas
legales aplicables.
b)
Generar medidas integrales de
asistencia, protección y seguridad
en un todo de acuerdo a las
competencias propias y de manera
articulada con las áreas y poderes
pertinentes en sus niveles locales,
provinciales o nacionales.
c)
Desarrollar un programa de
formación obligatoria y continua con
perspectiva de género y diversidad,
en todos los escalafones de la
Fuerza, tanto para el ingreso como
para el ascenso del personal
policial.
d)
Brindar herramientas,
capacitaciones y asesoramiento al
personal policial.
e)
Garantizar los derechos de
las personas en riesgo por violencia
de género u orientación sexual en el
marco de derechos reconocidos por la
Convención para la Eliminación de
todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer y la ley XV n°26.
f)
Velar por el respeto de la
dignidad de todas las personas sin
distinción por identidad de género u
orientación sexual.
g)
Velar, dentro de las
competencias de la fuerza, por la
integridad física, psicológica,
sexual, económica o patrimonial de
todas aquellas personas que forman
parte del colectivo LGBTIQ+.
h)
Garantizar la igualdad real
de derechos, oportunidades y trato
entre las personas que integran la
Institución Policial sin distinción
por identidad de género u
orientación sexual.
i)
Garantizar el cumplimiento de
la Ley I N° 621 de inclusión laboral
travesti-trans y sus
reglamentaciones, dentro de la
órbita de la Fuerza articulando con
la autoridad de aplicación.
DIRECCIÓN
La Dirección de Género de la Policía
de la Provincia de Chubut, estará a
cargo de un personal en actividad
que pertenezca a la Agrupación
Comando Escalafón General, con
jerarquía de Oficial Superior y
designado/a por la Jefatura de
Policía.
Deberá acreditar poseer capacitación
específica en género y violencia
familiar y/o institucional.
Corresponderá al Director/a de la
Dirección de Género el adicional
correspondiente a los demás
directores/as de las direcciones ya
existentes.
EXTRACTO ANEXO E - LEY XIX N° 8
ANEXO E - LEY XIX N° 8
|
CARGOS
|
% SOBRE BÁSICO + RIESGO +
RESPONSABILIDAD FUNCIONAL DE
LA JERARQUIA DE COMISARIO
GENERAL
|
Director
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75
|
ÁREA COMISARIA DE LA MUJER
Misiones:
a) Elevar la calidad de atención y
servicio que se le brinda a las
mujeres y LGBTIQ+} en riesgo por
violencia por motivos de género u
orientación sexual en el ámbito de
Violencia Familiar, institucional, y
de cualquier tipo que vulnere sus
derechos.
b) Fortalecer la función y alcances
a los organismos que entienden en la
temática dentro del territorio de la
Provincia del Chubut.
Funciones:
a)
Coordinar de manera armónica
y en red el trabajo de las
Comisarías de la Mujer tanto hacia
adentro de la Fuerza como con la
comunidad.
b)
Canalizar la información
inherente a las novedades de
servicio, cierres y cronogramas de
prevención, como así también los
requerimientos individuales en
cuanto a necesidades de recursos
humanos, materiales y edilicios.
c)
Gestionar, alternativas
viables y acordes a la temática que
se trabaja mediante un análisis
detallado de la situación y
alternativas que resulten
favorables.
d)
Instrumentar la confección de
los reglamentos y/o las
modificaciones que los mismos
tendrán, con la finalidad de
simplificar y normalizar las tareas
que todas las comisarías realicen,
siempre teniendo en cuenta que los
mismos deben ser aplicables a las
diferentes realidades que afronta
cada dependencia.
e)
Las modificaciones para que
puedan ser implementadas, deberán
tener la anuencia de la
superioridad, como así ser visadas
por todos los estamentos
administrativos y legales
pertinentes.
f)
Capacitar al personal,
teniendo en cuenta la permanente
actualización legislativa en la
temática, como así también mejorar
la calidad del servicio.
REQUISITOS PARA EL CARGO DE JEFE DE
AREA:
Él Área estará a cargo de mujeres
y/o LGBTIQ+ que sean personal en
actividad y pertenezca a la
Agrupación Comando Escalafón
General, requiriéndose el grado de
Oficial Superior con una jerarquía
no inferior a Comisario Inspector y
con capacitación en Género, la que
será designada por la Jefatura de
Policía.
En el caso que por cuestiones
propiamente del servicio, no haya
dentro de la Institución policial
mujeres o LGBTIQ+ de la Agrupación
Comando Escalafón General con la
Jerarquía de Comisario Inspector, le
corresponderá la propuesta al cargo
a una empleada mujer o/y LGBTIQ+ en
actividad, de la promoción más
antigua con un perfil adecuado y con
jerarquía no inferior a Comisario.
EXTRACTO ANEXO E - LEY XIX N° 8
ANEXO E - LEY XIX N° 8
|
CARGOS
|
% SOBRE BÁSICO + RIESGO +
RESPONSABILIDAD FUNCIONAL DE
LA JERARQUIA DE COMISARIO
GENERAL
|
Jefe de Área
|
62
|
DEPENDENCIA FUNCIONAL
Comisaría de la Mujer Rawson.
Comisaría de la Mujer Trelew.
Comisaría de la Mujer Gaiman.
Comisaría de la Mujer Paso de
Indios.
Comisaría de la Mujer Puerto Madryn.
Comisaría de la Mujer zona Norte
Comodoro Rivadavia.
Comisaría de la Mujer zona sur
Comodoro Rivadavia.
Comisaría de la Mujer Camarones.
Comisaría de la Mujer Rio Mayo.
Comisaría de la Mujer Sarmiento.
Comisaría de la Mujer Esquel.
Comisaría de la Mujer Trevelín.
Comisaría de la Mujer El hoyo.
ÁREA INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA
POR MOTIVOS DE, GÉNERO
Misiones:
Construir un modelo de Policía en
correspondencia a los principios,
criterios, y paradigmas de la
seguridad ciudadana y la igualdad de
géneros, considerándose una
herramienta fundamental para la
modificación de las relaciones
asimétricas de poder y de esquemas
de desigualdad que impidan el libre
desarrollo de la vida profesional de
las mujeres y LGBTIQ+ dentro de la
institución.
Funciones:
a)
Promover la participación
equitativa de mujeres y LGBTIQ+ que
se desempeñen en todos y cada uno de
los roles y dependencias a los que
se pueda acceder según su interés,
propósito, formación y experiencia,
en los tiempos en que la institución
estipule según su Ley Orgánica y sus
principios de funcionamiento
interno.
b)
Garantizar la movilidad
conforme a los logros, objetivos y
valoración del desempeño
profesional, independientemente de
su orientación sexual, identidad o
expresión de género.
c)
Promover una mirada interna y
profunda, ejerciendo un seguimiento
y acompañamiento de aquellas/os
empleadas/os que sean consideradas
personas en riesgo u hayan sido
sindicados como victimarios en
hechos o sucesos con perspectiva de
género.
d)
Promover el trabajo
mancomunado entre Comisaria de la
Mujer, Policía Comunitaria, Servicio
Social y Sanidad Policial.
e)
Disponer de dispositivos de
tratamiento y seguimiento en
situaciones de violencia de género
tanto de las personas en riesgo como
del victimario.
f)
Arbitrar medidas y
dispositivos de reeducación a
efectos de evitar la reincidencia.
REQUISITOS PARA EL CARGO DE JEFE PE
AREA:
El Área estará a cargo de mujeres
y/o LGBTIQ+, parte del personal en
actividad que pertenezca a la
Agrupación Comando Escalafón
General, requiriéndose el grado de
Oficial Superior con una jerarquía
no inferior a Comisario Inspector y
con capacitación en Genero, la que
será designada por la Jefatura de
Policía.
En el caso de que por cuestiones
propiamente del servicio, no haya
dentro de la Institución policial
mujeres o LGBTIQ+ de la Agrupación
Comando Escalafón General con la
Jerarquía de Comisario Inspector, le
corresponderá la propuesta al cargo
a una mujer o LGBTIQ+ en actividad,
de la promoción más antigua con un
perfil adecuado y con jerarquía no
inferior a Comisario.
EXTRACTO ANEXO E - LEY XIX N° 8
ANEXO E - LEY XIX N° 8
|
CARGOS
|
% SOBRE BÁSICO + RIESGO +
RESPONSABILIDAD FUNCIONAL DE
LA JERARQUÍA DE COMISARIO
GENERAL
|
Jefe Área de
|
62
|
DEPENDENCIA FUNCIONAL
División Integral contra la
Violencia Rawson. División Integral
contra la Violencia Trelew. División
Integral contra la Violencia
Comodoro Rivadavia. División
Integral contra la Violencia Puerto
Madryn. División Integral contra la
Violencia Esquel.
ÁREA COMUNITARIA
Transfiérase como dependiente de la
Dirección de Género el
ÁREA POLICÍA COMUNITARIA con
su correspondiente estructura:
misiones, funciones, jefatura, y sus
respectivas dependencias
funcionales.
División Comunitaria Rawson.
División Comunitaria Trelew.
División Comunitaria Esquel.
División Comunitaria Trevelín.
División Comunitaria Comodoro
Rivadavia.
División Comunitaria Puerto Madryn.
LEY XIX-Nº 86
ANEXO A
TABLA DE ANTECEDENTES
|
Todos los artículos
provienen del texto original
de la ley
|
LEY XIX N° 86
ANEXO A
TABLA DE EQUIVALENCIAS
|
Todos los Artículos del
texto definitivo se
corresponden con los
artículos del texto original
de la ley.-
|
Observaciones: La frase “EXTRACTO
ANEXO - LEY I N° 650” se reemplaza
por “EXTRACTO
ANEXO E - LEY XIX N° 8)
La frase “ANEXO
N° III (hoja1)”
se reemplaza por “ANEXO E -
LEY XIX N° 8”