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HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut

XIX-86-ANEXO-A

 


LEY XIX – Nº 86

ANEXO A

 

POLICÍA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DIRECCIÓN DE GÉNERO

A los fines administrativos, organizativos y jerárquicos la Dirección de Género dependerá directamente de la Sub-Jefatura de Policía y forma parte del Organigrama de la Policía de la Provincia del Chubut, figurando bajo las siglas D5. De esta dirección dependerán las siguientes áreas:

a)  Área Comisaría de la Mujer

b) Área Integral contra la Violencia por motivos de Género

c) Área Policía Comunitaria

Misiones:

Será misión de la Dirección de Género de la Policía de la Provincia de Chubut: Controlar, prevenir, intervenir, proteger y monitorear todos los asuntos o hechos en los que directa o indirectamente se vean afectadas personas debido a su identidad o expresión de género u orientación sexual, dentro de las competencias inherentes a las fuerzas de seguridad de la provincia.

Funciones:

Serán funciones de la Dirección de Género de la Provincia de Chubut:

a)  Dar cumplimiento a lo dispuesto en los Tratados y Convenciones Internacionales de Derechos Humanos, la Constitución Nacional, Leyes y demás normas legales aplicables.

b) Generar medidas integrales de asistencia, protección y seguridad en un todo de acuerdo a las competencias propias y de manera articulada con las áreas y poderes pertinentes en sus niveles locales, provinciales o nacionales.

c) Desarrollar un programa de formación obligatoria y continua con perspectiva de género y diversidad, en todos los escalafones de la Fuerza, tanto para el ingreso como para el ascenso del personal policial.

d) Brindar herramientas, capacitaciones y asesoramiento al personal policial.

e) Garantizar los derechos de las personas en riesgo por violencia de género u orientación sexual en el marco de derechos reconocidos por la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la ley XV n°26.

f) Velar por el respeto de la dignidad de todas las personas sin distinción por identidad de género u orientación sexual.

g) Velar, dentro de las competencias de la fuerza, por la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial de todas aquellas personas que forman parte del colectivo LGBTIQ+.

h) Garantizar la igualdad real de derechos, oportunidades y trato entre las personas que integran la Institución Policial sin distinción por identidad de género u orientación sexual.

i) Garantizar el cumplimiento de la Ley I N° 621 de inclusión laboral travesti-trans y sus reglamentaciones, dentro de la órbita de la Fuerza articulando con la autoridad de aplicación.

DIRECCIÓN

La Dirección de Género de la Policía de la Provincia de Chubut, estará a cargo de un personal en actividad que pertenezca a la Agrupación Comando Escalafón General, con jerarquía de Oficial Superior y designado/a por la Jefatura de Policía.

Deberá acreditar poseer capacitación específica en género y violencia familiar y/o institucional.

Corresponderá al Director/a de la Dirección de Género el adicional correspondiente a los demás directores/as de las direcciones ya existentes.

EXTRACTO ANEXO E - LEY XIX N° 8

ANEXO E - LEY XIX N° 8

CARGOS

% SOBRE BÁSICO + RIESGO + RESPONSABILIDAD FUNCIONAL DE LA JERARQUIA DE COMISARIO GENERAL

Director

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ÁREA COMISARIA DE LA MUJER

Misiones:

a) Elevar la calidad de atención y servicio que se le brinda a las mujeres y LGBTIQ+} en riesgo por violencia por motivos de género u orientación sexual en el ámbito de Violencia Familiar, institucional, y de cualquier tipo que vulnere sus derechos.

b) Fortalecer la función y alcances a los organismos que entienden en la temática dentro del territorio de la Provincia del Chubut.

Funciones:

a)  Coordinar de manera armónica y en red el trabajo de las Comisarías de la Mujer tanto hacia adentro de la Fuerza como con la comunidad.

b) Canalizar la información inherente a las novedades de servicio, cierres y cronogramas de prevención, como así también los requerimientos individuales en cuanto a necesidades de recursos humanos, materiales y edilicios.

c) Gestionar, alternativas viables y acordes a la temática que se trabaja mediante un análisis detallado de la situación y alternativas que resulten favorables.

d) Instrumentar la confección de los reglamentos y/o las modificaciones que los mismos tendrán, con la finalidad de simplificar y normalizar las tareas que todas las comisarías realicen, siempre teniendo en cuenta que los mismos deben ser aplicables a las diferentes realidades que afronta cada dependencia.

e) Las modificaciones para que puedan ser implementadas, deberán tener la anuencia de la superioridad, como así ser visadas por todos los estamentos administrativos y legales pertinentes.

f) Capacitar al personal, teniendo en cuenta la permanente actualización legislativa en la temática, como así también mejorar la calidad del servicio.

REQUISITOS PARA EL CARGO DE JEFE DE AREA:

Él Área estará a cargo de mujeres y/o LGBTIQ+ que sean personal en actividad y pertenezca a la Agrupación Comando Escalafón General, requiriéndose el grado de Oficial Superior con una jerarquía no inferior a Comisario Inspector y con capacitación en Género, la que será designada por la Jefatura de Policía.

En el caso que por cuestiones propiamente del servicio, no haya dentro de la Institución policial mujeres o LGBTIQ+ de la Agrupación Comando Escalafón General con la Jerarquía de Comisario Inspector, le corresponderá la propuesta al cargo a una empleada mujer o/y LGBTIQ+ en actividad, de la promoción más antigua con un perfil adecuado y con jerarquía no inferior a Comisario.

EXTRACTO ANEXO E - LEY XIX N° 8

ANEXO E - LEY XIX N° 8

CARGOS

% SOBRE BÁSICO + RIESGO + RESPONSABILIDAD FUNCIONAL DE LA JERARQUIA DE COMISARIO GENERAL

Jefe de Área

62

DEPENDENCIA FUNCIONAL

Comisaría de la Mujer Rawson.

Comisaría de la Mujer Trelew.

Comisaría de la Mujer Gaiman.

Comisaría de la Mujer Paso de Indios.

Comisaría de la Mujer Puerto Madryn.

Comisaría de la Mujer zona Norte Comodoro Rivadavia.

Comisaría de la Mujer zona sur Comodoro Rivadavia.

Comisaría de la Mujer Camarones.

Comisaría de la Mujer Rio Mayo.

Comisaría de la Mujer Sarmiento.

Comisaría de la Mujer Esquel.

Comisaría de la Mujer Trevelín.

Comisaría de la Mujer El hoyo.

ÁREA INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA POR MOTIVOS DE, GÉNERO

Misiones:

Construir un modelo de Policía en correspondencia a los principios, criterios, y paradigmas de la seguridad ciudadana y la igualdad de géneros, considerándose una herramienta fundamental para la modificación de las relaciones asimétricas de poder y de esquemas de desigualdad que impidan el libre desarrollo de la vida profesional de las mujeres y LGBTIQ+ dentro de la institución.

Funciones:

a) Promover la participación equitativa de mujeres y LGBTIQ+ que se desempeñen en todos y cada uno de los roles y dependencias a los que se pueda acceder según su interés, propósito, formación y experiencia, en los tiempos en que la institución estipule según su Ley Orgánica y sus principios de funcionamiento interno.

b) Garantizar la movilidad conforme a los logros, objetivos y valoración del desempeño profesional, independientemente de su orientación sexual, identidad o expresión de género.

c) Promover una mirada interna y profunda, ejerciendo un seguimiento y acompañamiento de aquellas/os empleadas/os que sean consideradas personas en riesgo u hayan sido sindicados como victimarios en hechos o sucesos con perspectiva de género.

d) Promover el trabajo mancomunado entre Comisaria de la Mujer, Policía Comunitaria, Servicio Social y Sanidad Policial.

e) Disponer de dispositivos de tratamiento y seguimiento en situaciones de violencia de género tanto de las personas en riesgo como del victimario.

f) Arbitrar medidas y dispositivos de reeducación a efectos de evitar la reincidencia.

REQUISITOS PARA EL CARGO DE JEFE PE AREA:

El Área estará a cargo de mujeres y/o LGBTIQ+, parte del personal en actividad que pertenezca a la Agrupación Comando Escalafón General, requiriéndose el grado de Oficial Superior con una jerarquía no inferior a Comisario Inspector y con capacitación en Genero, la que será designada por la Jefatura de Policía.

En el caso de que por cuestiones propiamente del servicio, no haya dentro de la Institución policial mujeres o LGBTIQ+ de la Agrupación Comando Escalafón General con la Jerarquía de Comisario Inspector, le corresponderá la propuesta al cargo a una mujer o LGBTIQ+ en actividad, de la promoción más antigua con un perfil adecuado y con jerarquía no inferior a Comisario.

EXTRACTO ANEXO E - LEY XIX N° 8

ANEXO E - LEY XIX N° 8

CARGOS

% SOBRE BÁSICO + RIESGO + RESPONSABILIDAD FUNCIONAL DE LA JERARQUÍA DE COMISARIO GENERAL

Jefe Área de    

62

DEPENDENCIA FUNCIONAL

División Integral contra la Violencia Rawson. División Integral contra la Violencia Trelew. División Integral contra la Violencia Comodoro Rivadavia. División Integral contra la Violencia Puerto Madryn. División Integral contra la Violencia Esquel.

ÁREA COMUNITARIA

Transfiérase como dependiente de la Dirección de Género el ÁREA POLICÍA COMUNITARIA con su correspondiente estructura: misiones, funciones, jefatura, y sus respectivas dependencias funcionales.

División Comunitaria Rawson.

División Comunitaria Trelew.

División Comunitaria Esquel.

División Comunitaria Trevelín.

División Comunitaria Comodoro Rivadavia.

División Comunitaria Puerto Madryn.

 

LEY XIX-Nº 86

ANEXO A

TABLA DE ANTECEDENTES

 

Todos los artículos provienen del texto original de la ley

 

LEY XIX N° 86

ANEXO A

TABLA DE EQUIVALENCIAS

Todos los Artículos del texto definitivo se corresponden con los artículos del texto original de la ley.-

Observaciones: La frase “EXTRACTO ANEXO - LEY I N° 650” se reemplaza por “EXTRACTO ANEXO E - LEY XIX N° 8)

La frase “ANEXO N° III (hoja1)” se reemplaza por “ANEXO E - LEY XIX N° 8”