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HONORABLE
LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut |
XIX-46 |
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LEY XIX - Nº 46
(Antes Ley 5783)
Artículo 1°.- Apruébase en todos sus términos el convenio suscripto con fecha 10 de junio de 2.008 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre la Provincia del Chubut, representada por el señor Gobernador Don Mario DAS NEVES, y el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, representado por el señor Ministro Dr. Aníbal Domingo FERNÁNDEZ, por el cual acordaron las bases para agilizar la implementación del Sistema de Unidades de Expedición y Recepción (U.E.R.) de Antecedentes Penales para la tramitación de los Certificados de Antecedentes, protocolizado al Tomo 3, Folio 126, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia del Chubut, con fecha 01 de julio de 2.008.-
Artículo 2°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
LEY XIX - Nº 46
(Antes Ley 5.783)
TABLA DE ANTECEDENTES
Artículo del Texto Fuente
Definitivo
1 / 2 Texto original
LEY XIX - N° 46 (Antes Ley 5.783) TABLA DE EQUIVALENCIAS
Número de artículo Del Texto Definitivo Número de artículo del Texto de Referencia (Ley 5.783) Observaciones
1 / 2 1 / 2 La numeración de los artículos del Texto Definitivo corresponde a la numeración original de la ley.-
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