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HONORABLE
LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut |
XI-8 |
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LEY XI - Nº 8
(Antes Ley 2974)
Artículo 1º.- Apruébase en todos sus términos, el Convenio celebrado el día 20 de agosto de 1987, entre el Instituto Forestal Nacional, las Provincia del Chubut, Río Negro, Santa Cruz, el Ministerio del Interior de la Nación, la Administración de Parques Nacionales y la Dirección Nacional de Defensa Civil, protocolizado al Tomo 1 - Folio 061 con fecha del día 06 de octubre de 1987 del Registro de Contratos y Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, ratificado por Decreto Nº 1328/87 del Poder Ejecutivo Provincial, el que tiene por objeto organizar un sistema de prevención y lucha contra incendios forestales que se produzcan en los territorios de las provincias signatarias del mismo.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
LEY XI - N° 8 (Antes Ley 2974) TABLA DE ANTECEDENTES
N º del Artículo del Texto Definitivo Fuente
Todos los artículos del Texto Definitivo provienen del texto original de la Ley 2974.
LEY XI - N° 8 (Antes Ley 2974) TABLA DE EQUIVALENCIAS
Número de artículo del Texto Definitivo Número de artículo del Texto de Referencia (Ley 2974) Observaciones
La numeración de los artículos del Texto Definitivo corresponde a la numeración original de la Ley 2974.
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