Artículo 1°.- Adhiérase la Provincia de Chubut a
la Ley Nacional N° 27.279, Ley de
“Presupuestos Mínimos de Protección
Ambiental para la Gestión de los Envases
Vacíos de Fitosanitarios” y su Decreto
Reglamentario N° 134/2018.
Artículo 2°.- Designase como Autoridad de
Aplicación de la presente Ley, en forma
conjunta, a la Subsecretaría de Agricultura
dependiente del Ministerio de Agricultura,
Ganadería, Industria y Comercio y a la
Subsecretaría de Regulación y Control
Ambiental, dependiente del Ministerio de
Ambiente y Control del Desarrollo
Sustentable, o a los organismos que en el
futuro las reemplacen.
Artículo 3°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
LEY XI – N° 74
TABLA DE ANTECEDENTES
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Todos los Artículos del texto
definitivo provienen del original de
la ley.-
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LEY XI – N° 74
TABLA DE EQUIVALENCIAS
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Todos los Artículos del texto
definitivo se corresponden con los
artículos del texto
original de la ley.-
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