HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut

XI-37-ANEXO-B

 

ANEXO B


En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre el Ente Público no Estatal Administración del Área Natural Protegida Península Valdés (en adelante llamado “La Administración”), con domicilio en 25 de Mayo 130 1º Piso Of. 2, representado en esta acto por el Lic. Juan Carlos Tolosa y la Fundación Vida Silvestre Argentina (en adelante llamada “FVSA”) con domicilio en Defensa 251, Piso 6 K, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su Presidente, el Dr. Héctor R. Laurence, convienen en este acto suscribir la presente “Carta Acuerdo de Cooperación” que forma parte indisoluble del Convenio Marco de Acuerdo y Cooperación suscripto por la Provincia del Chubut, la FVSA y la Administración el día 2 de noviembre de 2005 y que acompaña a la presente, la cual se sujetará a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: La presente Acta Acuerdo tiene por objetivo específico elaborar e implementar un Plan de Turismo Responsable para el Área Natural Protegida Península Valdés. El mencionado Plan tendrá por objetivo planificar y poner en práctica medidas para potenciar la conservación, valoración y difusión del patrimonio natural y cultural del Área Natural Protegida Península Valdés, incluyendo Códigos de Conducta Responsable para las principales actividades de turismo permitidas en el área.

SEGUNDA: Con el fin citado en la cláusula PRIMERA de la presente, la FVSA compromete fondos por un total de $ 112.860, los que serán desembolsados en los siguientes períodos: a) un primer desembolso de $ 47.520 entre la fecha de firma de la presente y el 15 de noviembre de 2005; b) un segundo desembolso de $ 36.000 a partir del 1º de abril de 2006; y c) un tercer desembolso de $ 29.340 a partir del 31 de mayo de 2006. Los montos citados serán donados en especie (contrataciones, talleres, etc.) a la Administración. El primer desembolso será destinado a apoyar la implementación del nuevo diseño del Centro de Interpretación Istmo Ameghino. El segundo y tercer desembolso se aplicarán al contrato de la persona que coordinará la implementación del Plan de Turismo y Recreación de Valdés y a apoyar las mejoras en la señalética de algunas áreas operativas de la península señaladas como prioritarias por el plan. Las partes acordarán a partir de la firma del presente el cronograma detallado de tareas para ejecutar dichos fondos. La Administración pondrá a disposición sus oficinas en Puerto Madryn para el desarrollo de las tareas de la persona que coordine estas actividades.

TERCERA: Dado que el Área Natural Protegida Península Valdés es un Sitio Patrimonio de la Humanidad designado por UNESCO, la FVSA podrá solicitar, con el acuerdo previo de la Administración, el apoyo financiero adicional de UNESCO y otros organismos internacionales para incrementar los fondos comprometidos en la cláusula SEGUNDA con el fin de aumentar su apoyo al Plan de Turismo Responsable del Área citada. Las partes acuerdan que la búsqueda de estos apoyos adicionales no frenará en modo alguno la ejecución de los fondos establecidos en la cláusula SEGUNDA, según el cronograma de tareas que se acuerde a partir de la firma del presente.

CUARTA: La supervisión del uso de los fondos citados en la cláusula SEGUNDA estará a cargo de la FVSA y la Administración. En caso de surgir otros donantes para este fin, los mismos podrán ser invitados a formar parte del mecanismo de supervisión citado y a designar su representante. Durante la elaboración del Plan de Turismo Responsable será recabada la opinión de organizaciones gubernamentales provinciales y municipales, organizaciones no gubernamentales y empresas privadas relacionadas con el turismo, la conservación de la naturaleza y el patrimonio cultural, involucradas en actividades en el Área Natural Protegida Península Valdés, siendo la misma considerara al momento de su implementación.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los dos días del mes de noviembre de dos mil cinco.

Tomo 1 - Folio 006 - 02 enero 2006.-