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HONORABLE
LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut |
XI-3-ANEXO-A |
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ANEXO A
Entre la Provincia del Chubut, representada por el señor Ministro de Economía, Servicios y Obras Públicas Dn. Alfredo C. VILLARREAL, por una parte, en adelante “LA PROVINCIA”, y por otra la Municipalidad de Esquel, representada por su Intendente Municipalidad, Ing. Jorge J. RIPA en adelante “LA MUNICIPALIDAD” se celebra el presente Convenio, sujeto a las siguientes Cláusulas:
PRIMERA: “LA MUNICIPALIDAD” se compromete a realizar la forestación de la zona correspondiente a las obras denominadas “Defensas Aluvionales de Esquel”, a efectuarse en las laderas del cerro “La Zeta” que circundan parcialmente la ciudad, con el fin de evitar los daños que ocasionan los aluviones que, en determinadas épocas del año descienden del mismo. Dicha forestación se efectuará una vez terminadas las obras mencionadas, las que se realizarán por intermedio de “LA PROVINCIA” empleando la tecnología y los materiales contemplados en los proyectos, cuyos antecedentes obras en poder de “LA MUNICIPALIDAD”.-
SEGUNDA: “LA MUNICIPALIDAD”, proveerá las plantas y mano de obra necesarias como así también la atención que requiera la forestación para su arraigamiento, seleccionando las especies más aptas para la zona, proveyendo “LA PROVINCIA”, por su parte, el asesoramiento técnico sobre el lugar a forestar a fin de asegurar la estabilidad de los taludes de defensa, a lo largo de los canales aluvionales permitidos su funcionamiento de acuerdo a lo proyectado.-
En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y un solo efecto en la ciudad de Esquel a los dieciocho días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y tres.-
TOMO I FOLIO 121 FECHA 22 DE FEBRERO DE 1983.-
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