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HONORABLE
LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut |
XI-24 |
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LEY XI- Nº 24 (Antes Ley 5015)
Artículo 1°.- Declárase Monumento Natural Provincial al Lahuán o Alerce (Fitzroya cupressoides) y sujeto a las normas establecidas por la Ley Nacional Nº 22.351, a los fines de acordarle protección absoluta debido a su condición de especie amenazada y a su escasa representación dentro de la República Argentina.
Artículo 2°.- Toda actividad sobre la especie o su ambiente natural, que implique cualquier modificación del mismo, deberá ser controlada por el Ministerio de Medio Ambiente y control del Desarrollo Sustentable.
Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará la presente Ley en un plazo no mayor de los CIENTO VEINTE (120) días, a los efectos de establecer los mecanismos de protección, planes de manejo y recuperación numérica de la especie y las sanciones y multas a imponer para las transgresiones a la presente.
Artículo 4°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
LEY XI-Nº 24 (Antes Ley 5015) TABLA DE ANTECEDENTES
Artículo del Texto Definitivo Fuente
Todos los artículos del Texto Definitivo provienen del texto original de la Ley 5015
LEY XI-Nº 24 (Antes Ley 5015 ) TABLA DE EQUIVALENCIAS
Número de artículo del Texto Definitivo Número de artículo del Texto de Referencia (Ley 5015 ) Observaciones
La numeración de los artículos del texto definitivo corresponde a la numeración original de la ley 5015
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