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ANEXO A
Entre el MINISTERIO DE DESARROLLO Y MEDIO AMBIENTE DE LA NACIÓN, representado por el Señor Ministro Dr. Juan Pablo CAFIERO, y el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, representado por el Señor Gobernador Dr. José Luis LIZURUME, se celebra el presente Convenio de Adhesión al PROYECTO GEF “PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN COSTERA Y GESTIÓN DE LA BIODIVERSIDAD MARINA”:
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio, cumpliendo el compromiso asumido al ratificar el Convenio sobre la Diversidad Biológica, lleva a cabo, en el ámbito de la Subsecretaría de Ordenamiento y Política Ambiental de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental, el PROYECTO GEF “PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN COSTERA Y GESTIÓN DE LA BIODIVERSIDAD MARINA”, para contribuir a promover la conservación de la biodiversidad marina y costera, así como a prevenir y mitigar la contaminación costera y acuática.
Que el Banco Internacional de Reconocimiento y Fomento, actuando como agencia de implementación del Fondo para el Medio Ambiento Mundial, ha otorgado al estado Argentino, recursos financieros de hasta $350.000 a través del Convenio de Donación Nº PPG 28491 AR para contribuir con la preparación del PROYECTO GEF “PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN COSTERA Y GESTIÓN DE LA BIODIVERSIDAD MARINA”, descripto en el Anexo I.
Que para el desarrollo del aludido proyecto se encuentra en trámite de aprobación el convenio de donación por el cual el Banco Interamericano de Reconstrucción y Fomento, actuando como agencia de implementación del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, transferirá al Gobierno Argentino la suma de $ 8.350.000,00.- destinado a la implementación del mismo.
Que las actividades propias del proyecto se ejecutarán en la región costera patagónica, comprendiendo a las Provincias de Chubut, Santa Cruz, Río Negro y Tierra del Fuego, Antártica e Islas del Atlántico Sur.
Que en virtud de lo expuesto, el Ministerio considera de vital importancia contar con la participación activa de los estados involucrados, para la realización de acciones conjuntas dirigidas a alcanzar los objetivos del mismo, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones.
Que en tal sentido, el Ministerio y la Provincia se comprometen a llevar a cabo, una vez comenzada la etapa de implementación del proyecto en territorio jurisdiccional de esta última, actividades tendientes a las siguientes metas:
- Promover la conservación de la biodiversidad marítima y costera,
- Prevenir y mitigar la contaminación acuática y costera,
- Proteger el ecosistema marino en la costa y en la plataforma continental patagónica argentina,
- Estudiar la valorización económica de la biodiversidad,
- Proponer políticas orientadas a prevenir y minimizar procesos de contaminación y de aquellos que afectan la biodiversidad marina y costera.
Que con el objeto de propiciar la participación efectiva de los distintos actores involucrados en el proyecto, se construirá la Comisión Consultiva con carácter de asesora del Ministerio a través de la Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP), a integrarse por los representantes de las Provincias de Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártica e Islas del Atlántico Sur ante el Consejo Federal de Medio Ambiente.
Que en virtud de todo ello, las partes intervinientes en el presente convenio acuerdan:
ARTÍCULO 1º: El Ministerio llevará cabo, a través de la Subsecretaría de Ordenamiento y Política Ambiental a cargo del Lic. David Mutchinick, las acciones que permitan ejecutar en tiempo y forma el Proyecto Prevención de la Contaminación Costera y Gestión de la Biodiversidad Marina.
ARTÍCULO 2º: La Provincia se compromete, a través de sus organismos competentes, a acompañar las acciones emergentes para la ejecución del Proyecto que se detalla en Anexo I que forma parte del presente convenio, correspondiendo al Gobierno Nacional atender a la integración de los fondos de contrapartida.
ARTÍCULO 3º: Para la ejecución de las actividades previstas en el presente convenio, la Secretaría se compromete a:
a. Adecuar las acciones del Proyecto a las necesidades culturales, sociales, ecológicas y económicas de la provincia.
b. Priorizar, en los casos en que las circunstancias lo permitan, la selección de áreas temáticas para la presentación de subproyectos competitivos de innovación tecnológica e investigación aplicada que las provincias sugieran.
c. Promover el fortalecimiento institucional en la Provincia.
d. Proponer acuerdos complementarios para la ejecución de actividades específicas cuando las circunstancias lo requieran.
e. Difundir los resultados y experiencia que se alcancen en la ejecución de las actividades respectivas.
f. Informar al Consejo Federal de Medio Ambiente sobre el grado de avance en la ejecución del Proyecto.
g. Considerar las propuestas de la Provincia para la definición de citerior de selección de integrantes del Comité de Evaluación de Subproyectos.
ARTÍCULO 4º: Por se parte, la Provincia se compromete a:
a. Colaborar en la medida de sus posibilidades, con la ejecución de las actividades del Proyecto, en su territorio jurisdiccional.
b. Proponer al Ministerio áreas temáticas para la presentación de subproyectos competitivos de innovación tecnológica e investigación aplicada.
c. Participar en la definición de criterios de selección de integrantes del Comité de Evaluación de Subproyectos.
d. Difundir en la Provincia las actividades del Proyecto y sus resultados.
ARTÍCULO 5º: Por la vía correspondiente y según la legislación provincial vigente, la Provincia se compromete a poner en vigencia el presente convenio.
ARTÍCULO 6º: Las partes contratantes deben constituir los respectivos domicilios especiales para todos los efectos legales, en el radio urbano de la Capital Federal, asimismo, se someterán a la jurisdicción establecida en los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional, haciendo expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Rawson a los 29 días del mes de Agosto de 2001.
TOMO: 8, FOLIO: 132. 26 de Noviembre de 2001.-
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