En la
ciudad de Rawson, capital de la provincia de Chubut, a los 08 días del mes
de Febrero del año 2012, siendo las 15.30 horas, en el marco del Expte.
Nº:04045/2011-STR, caratulado " S/ Solicitud de Paritarias para la
Administración Pública”, se reúnen, por un lado, el Gobierno de la Provincia
de Chubut representado en este acto por el Sr. Secretario Legal y Técnico de
la gobernación, ;Dr. Miguel MONTOYA, y el Subsecretario de Relaciones
Institucionales, Sr. Omar ALBORNOZ, y por el otro lado, y en representación
de los trabajadores en estos actuados, la Asociación de Trabajadores del
Estado, representada en este acto por el Secretario General, Sr. Edgardo
HOMPANERA y la Sra. Graciela MILLAIN y la Unión del Personal Civil de la
Nación, representada en este acto por el Secretaria Adjunta Seccional
Chubut, Sra. Mónica CHIMENTE y el paritario Sr. Sergio BALZARETTI ; todos
ellos en el carácter invocado en autos.
---Asimismo se encuentra presente la Directora de Negociaciones Colectivas y
Gestiones Institucionales de la Subsecretaria de Trabajo, Dra. María Cecilia
SENDIN.
--Abierta
la audiencia, y cedida la palabra a las partes:
--Toma la
misma en primer término la representación estatal quien, habiendo dado
cumplimiento a la solicitud efectuada por los sindicatos oportunamente, ha
analizado, conjuntamente con el Ministerio de Economía y Crédito Público, el
número de personal revistiendo en la Planta Transitoria de Personal de esta
Administración Pública provincial, el cual asciende a Cinco Mil Novecientas
Once (5911) personas; y proyectadas las variables económicas
correspondientes, esta en condiciones de proponer la siguiente recomposición
salarial para el sector, con un incremento en el adicional que perciben
hasta Pesos Trescientos Cincuenta ($350.-) en la zona norte y Pesos
Quinientos Sesenta ($560.-) en la zona sur, con un piso garantizado de:
-zona
sur: $ 3.150.- (Pesos Tres Mil Ciento Cincuenta).
-zona
Norte. $ 2.850 (Pesos Dos Mil Ochocientos Cincuenta).
--Del
mismo modo, pone de manifiesto que mantienen en un todo la propuesta
efectuada en reuniones pasadas, en
relación a los montos de suba de las asignaciones familiares y rubro
zona, como así también la suba en la pauta salarial al básico, todo lo cual
queda plasmado de la siguiente forma:
-Asignaciones familiares: incremento del 40% (cuarenta por ciento) en los
rubros solicitados.-
-Asimilación del monto asignado a familia numerosa, al monto percibido por
cónyuge.-
-Presentismo: Se establece en una suba del 18,3% (Dieciocho con 30/100 por
ciento), lo cual representa la suma de pesos Trescientos Setenta y Cinco
($375.-).
-zona:
Pesos Quinientos ($500.-) -zona sur: Pesos Mil ($1000.-)
Se deja
aclarado que no existen variaciones para el rubro antigüedad.-
Analizada
la situación planteada por la representación sindical respecto de la
recomposición del rubro salarial, se propone un incremento de los monto
actuales, alcanzando las siguientes sumas: incremento del 10% (diez por
ciento) en el mes de Febrero y un 7%(siete por ciento) correspondiente al
mes de Julio. Asimismo se acuerda que en el segundo semestre del año, en
este ámbito de discusión, será acordada una nueva pauta.-
--A
continuación, toma la palabra la parte sindical de estos actuados, quien,
ante la propuesta efectuada, reitera su disconformidad por considerar
insuficiente la misma, no obstante lo cual, y atenta la necesidad de los
trabajadores de ver mejorada su situación y obtener una respuesta en lo
inmediato, da por aceptada la misma, a fin de evitar el cese de las
negociaciones y que el incremento salarial sea otorgado unilateralmente por
el Poder Ejecutivo.
---Asimismo, solicitan, y en este sentido la representación estatal acepta,
se otorgue con carácter permanente tratamiento a una nueva normativa
convencional para la administración pública estatal, que reemplace el
régimen de le Ley 1937 (actualmente 1 N° 74), a fin de reestructurar el
régimen de ascensos, carrera administrativa y el trato igualitario para los
sectores que actualmente no se hayan convencionados.-
---Del
mismo modo la representación sindical deja nuevamente sentada su postura
respecto que se efectúe el traspaso de la totalidad del personal en la
Planta Transitoria a la Planta Temporaria de personal; peticionando se
analice la manera de acordar e implementar un mecanismo de eliminación de
dicho régimen el cual precariza la condición laboral de las personas bajo el
mismo.
---Es
menester dejar señalado que la parte sindical pone de resalto que, será
necesaria la readecuación de lo acordado siempre que existan diferencias en
los porcentuales de las variables que se convengan en las paritarias de
salud y educación, a fin de evitar desigualdades no deseadas.
---Asimismo solicita la apertura en forma urgente de las reuniones
paritarias pertinentes en las áreas de pesca, obras públicas, familia,
bosques y educación (personal no docente).
---De
esta forma, en el entendimiento de las partes de que es necesario mantener
el diálogo abierto, y habiendo obtenido el acuerdo sobre los puntos
precedentemente reseñados, leída y ratificada de conformidad, se suscriben 4
(cuatro) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto, en el lugar y
fecha mencionados en el introito.
RAWSON (CH), 09 DE FEB 2012
VISTO:
El
Expediente N° 04045/11- STR caratulado "S/ Solicitud de Paritarias para in
Administración Pública", la ley X N° 39; y;
CONSIDERANDO:
Que
mediante solicitud cursada en fecha 27 de Diciembre de 2011, el Sr.
Gobernador de la Provincia, Dr. Martín BUZZI; solicita a esta autoridad
laboral se arbitren los medios necesarios para la apertura de negociaciones
paritarias entre el Gobierno Provincial y las entidades sindicales
representativas de los trabajadores de la Administración Pública Provincial;
con ámbito general;
Que de
este modo los representantes titulares designados por cada parte resultaron
ser: Por la Asociación de Trabajadores del Estado- ATE- el Secretario
General, Sr. Edgardo HOMPANERA y la Sra. Graciela MILLAIN. Por su lado la
Unión del Personal Civil de la Nación- UPCN- ha designado al Secretario
General, Sr. Walker SAIBENE, y al Sr. Sergio BALZARETTI. Por otra parte, el
Gobierno de la Provincia de Chubut indica como representantes designados al
Sr. Secretario Legal y Técnico de la Gobernación, Dr. Miguel MONTOYA y el
Sr. Omar ALBORNOZ; todos en el carácter manifestado en el Expediente de
marras;
Que
mediante Resolución N° 006/12-STR, de fecha 19 de Enero de 2012, se
formalizó la apertura de paritarias, en un todo conforme con la ley X N° 39;
Que
primando la buena fe, tras arduas negociaciones, las partes concluyeron en
un acuerdo, respecto del cual se hallan conformes en su extensión y
contenido;
Que, en
el mismo, las partes intervinientes han establecido una suba en los montos
de las asignaciones familiares y el rubro zona;
Que el
denominado rubro zona ha sido estipulado en Pesos Quinientos ($500.-) con un
valor diferencial para la zona sur, que se ha establecido en Pesos Mil
($1000.-):
Que, del
mismo modo, el rubro Presentismo ha obtenido una suba del 18.3% (Dieciocho
con 30/100 por ciento), ascendiendo su valor a la suma de Pesos Trescientos
Setenta y Cinco ($375.-);
Que, por
su lado, el rubro familia numerosa ha sido asimilado al monto percibido en
concepto de cónyuge;
Que, no
obstante los acuerdos alcanzados,
no se han convenido variaciones para el rubro antigüedad:
Que, por
otro lado, las partes han convenido una recomposición del rubro salarial,
con un incremento de los valores actuales que será efectivizado de la
siguiente manera: un incremento del 10% (Diez por ciento) a partir del mes
de febrero de 2012 y un 7% (Siete por ciento) más a partir del mes Julio del
corriente;
Que,
asimismo las partes han concertado que durante el segundo semestre del año,
en el marco del procedimiento paritario, será acordada una nueva pauta
salarial;
Que,
además, se conviene en el mismo acto otorgar con carácter permanente
tratamiento a una nueva normativa convencional para la Administración
Pública provincial que reemplace la Ley I N° 74 de manera de reestructurar
el régimen de ascensos, carrera administrativa y el trato igualitario en
relación a los sectores convencionados ;
Que,
respecto la Planta Transitoria se ha propuesto y aceptado respectivamente,
un piso garantizado de $2.850 (Pesos Dos Mil Ochocientos Cincuenta), con una
diferenciación para la zona sur, lo cual representa por igual concepto un
valor de $3 150.- (Pesos Tres Mil Cinto Cincuenta);
Que,
también, se producirá un incremento en el adicional que perciben los
trabajadores bajo ese régimen hasta alcanzar el valor de $ 350 (Pesos
Trescientos Cincuenta), y de $560 (Pesos Quinientos Sesenta) para la zona
sur;
Que en el
entendimiento de que es necesario mantener el diálogo abierto, y el marco de
discusión paritaria, las partes presentes han solicitado la homologación por
esta Secretaria de Trabajo, conforme el articulo 22 de la Ley X N° 39;
Que,
corresponde analizar en una homologación si existen vulneraciones a los
derechos de las partes;
Que no
existiendo las mismas, no existen objeciones formales ni legales que
formular al respecto;
Que obran
estampadas las firmas de las partes, ante funcionario público, lo cual da
plena fe del acto;
Que por
lo expuesto corresponde homologar el acuerdo sub-examine;
Que la
Dirección General de Asuntos Legales ha tomado debida intervención; POR
ELLO;
EL SUBSECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE
Artículo
1°.- Homológuese en todas sus partes el acuerdo alcanzado por el Gobierno de
la Provincia de Chubut, y las entidades sindicales representativas de los
trabajadores de la Administración Pública Provincial: Asociación de
Trabajadores del Estado- ATE- y Unión del Personal Civil de la Nación- UPCN,
en fecha 08 de Febrero de 2012; en un todo de acuerdo con los considerandos
que anteceden.
Artículo
2°.- Notificase de la presente a
la Secretaría General de la Gobernación, a la Secretaría Legal y Técnica, y
al Ministerio de Economía/y -Crédito Público para su debida toma de razón.
Artículo
3°.- Regístrese, Notifíquese, Dese al boletín oficial, y Cumplido.
ARCHIVESE.
RESOLUCION N° 026/12.- SST-STR.-
LEY X-Nº 56
ANEXO A
TABLA DE ANTECEDENTES
|
Artículo del Texto
Definitivo
|
Fuente
|
Todos los Artículos del texto definitivo provienen del texto
original de la ley.-
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LEY X -Nº 56
ANEXO A
TABLAS DE EQUIVALENCIAS
|
Número de artículo del
Texto Definitivo
|
Número de artículo del
Texto de Referencia
|
Observaciones
|
Todos los Artículos del texto definitivo se corresponden con los
artículos del texto
original de la ley.-
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