HONORABLE LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut

X-54-ANEXO-A

 

LEY X – Nº 54

ANEXO A

 

ACTA PARITARIA Nº 01/2012.-

En la ciudad de Rawson, a los 23 días del mes de Febrero de 2012, siendo las 17.00 horas se reúnen en la Sede del Ministerio de Educación, en atención a las reuniones de comisión negociadora salarial en paritarias que se vienen desarrollando entre el Gobierno provincial y la entidad sindical representativa del sector, por un lado, y en representación del Ministerio de Educación de la Provincia, el Sr. Ministro Profesor Luís ZAFFARONI y el Subsecretario de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares, Sr. Diego PUNTA, y por el otro la ATECh representada en este acto por la Secretaria General Sra. Estefanía AGUIRRE y los Delegados Paritarios Sra. Norma Beatriz LUQUE, Sra. Marcela CAPON y Cintia Beatriz GOMEZ.

Luego de una breve discusión, y cedida que fuera la palabra a las partes intervinientes, toma la misma la representación Estatal, quien pone de manifiesto que, reitera en todos sus términos la propuesta preacordada el día 10 de Febrero del corriente, e incorpora como función directiva la categoría de Supervisores, y que a continuación puntualiza de la siguiente forma:

     Un incremento salarial del 10 % (diez por ciento) del básico testigo, de Pesos dos mil ciento sesenta y cinco ($2165.-) a dos mil trescientos ochenta y uno con cincuenta centavos ($2381,50) a partir del mes de Febrero y un incremento del 7 % (siete por ciento) del básico testigo (Pesos dos mil quinientos cuarenta y ocho con veinte centavos ($ 2548,20) a partir del mes de Julio del corriente.-

     Adicional por Zona Patagónica: Zona Norte: de Pesos trescientos cincuenta ($350.-) a Pesos Quinientos ($500.-), Zona sur: de Pesos seiscientos ($600.-) a Pesos Mil ($1000.-). - (por cargos y sus equivalentes horas cátedra).-

     SALARIO MÍNIMO GARANTIZADO Ley I - 445: de Pesos Dos Mil Novecientos veinticinco ($2.925.-) para la zona norte y de pesos Tres Mil Cuatrocientos Veinticinco ($3.425.-) para la zona sur; el cual, en el mes de Julio se elevará a los siguientes montos: Pesos Tres Mil Cincuenta ($3050.) zona norte, y Pesos Tres Mil Quinientos Cincuenta ($3550.-) para la zona sur, exentos del adicional de recursos y materiales.-

     Adicional por recursos materiales: suma no remunerativa, no bonificable que se abonará de Febrero a Diciembre con un monto de Pesos Cien ($100.-).  Serán  destinatarios del mismo  todos los docentes  excepto aquellos que se encuentren adscriptos o en comisión de servicio.-

     Adicional por cargo directivo y supervisión: suma no remunerativa, no bonificable mensual de Pesos Trescientos ($300-), para los cargos de: Director, Vicedirector,  Regente, Jefe General de enseñanza Práctica, Secretario y Maestro Secretario - de todos los niveles, modalidades y categorías -. El mismo se amplia a Supervisores.-

     El  presente acuerdo es de carácter semestral volviendo las partes a reunirse en el mes de Junio para la segunda pauta salarial del año.-

     Asimismo se ratifica el pago de la Ubicación Geográfica para el personal auxiliar operativo dependiente del Ministerio de Educación.

A continuación toma la palabra la representación sindical quien, analizado que fuera el preacuerdo firmado en fecha 10 de Febrero entre estas mismas partes intervinientes, y con la participación y discusión de los órganos deliberativos de su entidad, quieren expresar que si bien el mismo genera malestar y resulta insuficiente por la forma y las condiciones (montos fijos y en Negro), que distorsionan la carrera docente y que excluye al sector de los docentes pasivos del cobro, es que nuevamente solicitamos la porcentualidad del Adicional por Recursos y Materiales, el Blanqueamiento y Porcentualidad de la Zona Patagónica, y el aumento del valor nomenclador para los cargos Jerárquicos y la readecuación del Nomenclador Unificado de Cargos Docentes, por lo tanto y por lo expuesto y ante la necesidad de que los Trabajadores de la Educación perciban un Aumento Salarial como los demás Trabajadores del estado, se rubrica este acuerdo de partes aceptando el mismo en todas sus partes, con el compromiso de seguir trabajando en una recomposición real del sector educativo.-

Asimismo solicitamos se efectúe por única vez en los docentes no sindicalizados, una quita del 1 % sobre el aumento logrado en la presente paritaria, todo ello en concepto de aporte solidario.

En este sentido el Ministerio previo a comprometerse avalando la solicitud planteada, solicitará la intervención legal de la Fiscalía de Estado de la Provincia del Chubut a los efectos de analizar su viavilidad.

Del mismo modo, y como una manifestación de buena voluntad, las partes se comprometen a trabajar dentro de este ámbito de negociación, diagramando el siguiente  cronograma de  trabajo, encuadrándose el mismo dentro de las comisiones consensuadas dentro de las comisiones ya organizadas para tal  fin:

     Dar tratamiento de análisis y una propuesta para contralor médico que deberá estar finalizada al 20 de Marzo, fijando una primera reunión para el día sábado 03 de marzo.

     Al 30 de abril se deberá contar con una propuesta con relación a la porcentualidad del adicional por recursos materiales.-

     Al 31 de Mayo de se deberá contar con una propuesta que contenga la readecuación completa del nomenclador unificado de cargos docentes y la porcentualidad y blanqueo de la Zona Patagónica.

Asimismo las partes acuerdan que en caso de incrementarse por parte de Nación el monto sobre el incentivo docente, dicho incremento se efectivizará por fuera del mínimo garantizado.

No siendo para más, siendo las 20:00 hs se da por finalizado el acto.

Leída la presente y ratificada que fuera de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y un mismo efecto en el lugar y fecha mencionados en el introito.-

 

RESOLUCION Nº 042/12.- STR.

 

SECRETARIA DE TRABAJO

Provincia de Chubut

Rawson-Chubut

 

RAWSON (CH), 24 FEB 2012

VISTO:

El Expediente N° 00529/12- STR caratulado "S/Acuerdo Paritario entre Misterio de Educación y ATECH", la Ley X N° 39; y;

CONSIDERANDO:

Que en fecha 23 de Febrero de 2012, el Ministerio de Educación de la Provincia y la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut- ATECH-han celebrado un acuerdo paritario donde se han fijado las pautas salariales para el primer semestre del año en curso, en un todo conforme con la Ley X N° 39;

Que en cumplimiento con lo prescripto por la norma citada precedentemente, cada parte interviniente ha designado oportunamente los siguientes representantes paritarios: Por la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut- ATECH- la Secretaria General, Sra. Estefanía AGUIRRE, y los delegados paritarios Sra. Norma Beatriz LUQUE, la Sra. Marcela CAPÓN y la Sra. Cintia Beatriz GÓMEZ. Por otra parte, el Gobierno de la Provincia de Chubut ha indicado como representantes designados el Sr. Ministro de Educación de la provincia, Prof. Luis ZAFFARONI y el Subsecretario de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares, Sr. Diego PUNTA;

Que primando la buena fe, tras arduas negociaciones, las partes concluyeron en un acuerdo, respecto del cual se hallan conformes en su extensión y contenido;

Que, en el mismo, las partes intervinientes han establecido una suba en los montos de los básicos testigos y el rubro zona;

Que, de esta forma, las partes han convenido una recomposición del rubro salarial, con un incremento de los valores actuales que será efectivizado de la siguiente manera: un incremento del 10% (Diez por ciento) del básico testigo que actualmente asciende a la suma de Pesos Dos Mil Ciento Sesenta y Cinco ($2.165.-), a la suma de Pesos Dos Mil Trescientos Ochenta y Uno, con 50/100 ($ 2.381,50) a partir del mes de febrero de 2012 y un incremento del 7% del básico testigo, Pesos Dos Mil Quinientos Cuarenta y Ocho con 20/100 ($ 2.548,20) a partir del mes de Julio del corriente;

Que en específica relación al denominado rubro zona patagónica, el mismo ha sido estipulado de Pesos Trescientos Cincuenta ($350.-) a Pesos Quinientos ($500.-), con un valor diferencial para la zona sur, que actualmente asciende a Pesos Seiscientos ($600.-) y que se ha establecido en Pesos Mil ($1000.-);

Que, además, se conviene en el mismo acto otorgar un adicional por recursos y materiales, como concepto no remunerativo, no bonificable que se abrirá de Febrero a Diciembre y que asciende a la suma de Pesos Cien ($100.), destinado a todos los docentes con excepción de quienes se encuentren adscriptos o en comisión de servicio;

Que de igual modo, se establece un adicional por cargo directivo y supervisión,  que consiste en  una suma  no  remunerativa,  no  bonificable,  de carácter mensual,  que asciende a  la  suma de  Pesos Trescientos  ($300.-), destinado a quienes ejerzan los siguientes cargos: Director, Vicedirector, regente, Jefe   general de Enseñanza Práctica, Secretario,  Maestro  Secretario  y Supervisores- de todos los niveles, modalidades y categorías;

Que asimismo se ha propuesto y aceptado respectivamente, un salario mínimo garantizado  Ley I N° 445, de $2.925  (Pesos  Dos  Mil  Novecientos Veinticinco), con una diferenciación para la zona sur, lo cual representa por igual concepto un valor de Pesos Tres Mil Cuatrocientos Veinticinco ($3.425.-) y que se  elevará en el mes de julio a los siguientes montos: Pesos Tres Mil Cincuenta ($3.050.-) para la zona norte y Pesos Tres Mil Quinientos Cincuenta ($3.550.-) para la zona sur, en todos los casos exentos del adicional de  recursos y materiales;

Que, por otro lado, las partes han concertado que durante el segundo semestre del año, en el marco del procedimiento paritario, será acordada una nueva pauta salarial;

Que, de idéntica forma, se ratifica el pago de la Ubicación Geográfica para el personal auxiliar operativo dependiente del Ministerio de Educación;

Que además se comprometen las partes a, en el marco de la discusión paritaria, dar tratamiento de análisis y una propuesta para contralor médico que deberá estar finalizada al 20 de Marzo de 2012, fijando una primera reunión el día  03 de Marzo del corriente;

Que asimismo se estipula que al 30 de Abril de 2012 se deberá contar con una propuesta en relación a la porcentualidad del adicional recurso material;

Que de idéntica manera al 31 de Mayo del corriente se deberá contar con una propuesta que contenga la readecuación completa del nomenclador unificado de cargos docentes y la porcentualidad y blanqueo de la Zona Patagónica;

Que, es menester dejar señalado que la parte sindical solicita se efectúe por única vez en los docentes no sindicalizados una quita del 1% (uno por ciento) sobre el aumento alcanzado en concepto de aporte solidario, a lo cual el Ministerio se compromete a dar debida intervención a la Fiscalía de Estado de la provincia a los efectos de analizar su viabilidad;

Que, asimismo, han acordado las partes que, en caso de incrementarse el monto sobre incentivo docente por  parte de Nación, dicho incremento se efectivizará por fuera del mínimo garantizado;

Que  en el entendimiento de que es necesario mantener el diálogo abierto, y el marco de discusión paritaria, las  partes presentes han solicitado la homologación por esta Secretaria de Trabajo, conforme al artículo 22 de la Ley X Nº 39;

Que, corresponde analizar en una homologación si existen vulneraciones a los derechos de las partes;

Que no existiendo las mismas, no existen objeciones formales  ni legales que formular al respecto;

Que en el acuerdo precipitado  obran estampadas las firmas de las partes, ante funcionario público, lo cual da plena fe del acto;

Que por lo expuesto corresponde homologar el acuerdo sub- examine;

Que la Dirección General de Asuntos Legales ha tomado debida intervención;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE

Articulo 1º.- Homológuese en todas sus partes el acuerdo alcanzado por el Gobierno de la Provincia de Chubut, y la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut- ATECH-, en fecha 23 de febrero de 2012; en un todo de acuerdo con los considerandos  que anteceden.-

Articulo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Sr. Subsecretario de Asociativismo  y Economía Social.-

Articulo 3º.- Notifíquese de la presente a la  Secretaria General de la gobernación, a la Secretaria Legal y Técnica, y al Ministerio de Economía y Crédito Público, para su debida toma de razón.

Articulo 4º.- Regístrese, Notifíquese Dése al boletín oficial, y Cumplido, ARCHÍVESE.

 

 

LEY X-Nº 54

ANEXO A

 

TABLA DE ANTECEDENTES

 

Artículo del Texto

Definitivo

Fuente

 

Todos los Artículos del texto definitivo provienen del texto original de la ley.-

 

 

 

 

 

LEY X -Nº 54

ANEXO A

 

TABLAS DE EQUIVALENCIAS

 

Número de artículo del

Texto Definitivo

Número de artículo del

Texto de Referencia

 

Observaciones

Todos los Artículos del texto definitivo se corresponden con los artículos del texto

original de la ley.-