ACTA PARITARIA Nº 01/2012.-
En la ciudad de Rawson, a los 23 días del mes de Febrero de 2012,
siendo las 17.00 horas se reúnen en la Sede del Ministerio de Educación, en
atención a las reuniones de comisión negociadora salarial en paritarias que
se vienen desarrollando entre el Gobierno provincial y la entidad sindical
representativa del sector, por un lado, y en representación del Ministerio
de Educación de la Provincia, el Sr. Ministro Profesor Luís ZAFFARONI y el
Subsecretario de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares, Sr. Diego PUNTA, y
por el otro la ATECh representada en este acto por la Secretaria General
Sra. Estefanía AGUIRRE y los Delegados Paritarios Sra. Norma Beatriz LUQUE,
Sra. Marcela CAPON y Cintia Beatriz GOMEZ.
Luego
de una breve discusión, y cedida que fuera la palabra a las partes
intervinientes, toma la misma la representación Estatal, quien pone de
manifiesto que, reitera en todos sus términos la propuesta preacordada el
día 10 de Febrero del corriente, e incorpora como función directiva la
categoría de Supervisores, y que a continuación puntualiza de la siguiente
forma:
•
Un
incremento salarial del 10 % (diez por ciento) del básico testigo, de Pesos
dos mil ciento sesenta y cinco ($2165.-) a dos mil trescientos ochenta y uno
con cincuenta centavos ($2381,50) a partir del mes de Febrero y un
incremento del 7 % (siete por ciento) del básico testigo (Pesos dos
mil quinientos cuarenta y ocho con veinte centavos ($ 2548,20) a partir del
mes de Julio del corriente.-
•
Adicional por Zona Patagónica: Zona Norte: de Pesos trescientos cincuenta
($350.-) a Pesos Quinientos ($500.-), Zona sur: de Pesos seiscientos
($600.-) a Pesos Mil ($1000.-). - (por cargos y sus equivalentes horas
cátedra).-
•
SALARIO MÍNIMO GARANTIZADO Ley I - 445: de Pesos Dos
Mil Novecientos veinticinco ($2.925.-) para la zona norte y de pesos Tres
Mil Cuatrocientos Veinticinco ($3.425.-) para la zona sur; el cual, en el
mes de Julio se elevará a los siguientes montos: Pesos Tres Mil Cincuenta
($3050.) zona norte, y Pesos Tres Mil Quinientos Cincuenta ($3550.-) para la
zona
sur, exentos del adicional de recursos y materiales.-
•
Adicional por recursos materiales: suma no remunerativa, no bonificable que
se abonará de Febrero a Diciembre con un monto de Pesos Cien
($100.-).
Serán destinatarios del mismo
todos los docentes
excepto aquellos que se encuentren adscriptos o en comisión de servicio.-
•
Adicional por cargo directivo y supervisión: suma no
remunerativa, no
bonificable mensual de Pesos Trescientos ($300-), para los cargos de:
Director, Vicedirector, Regente,
Jefe General de enseñanza Práctica, Secretario y Maestro Secretario - de
todos los niveles, modalidades y categorías -. El mismo se amplia a
Supervisores.-
•
El
presente acuerdo es de carácter semestral volviendo las partes a
reunirse en el mes de Junio para la segunda pauta salarial del año.-
•
Asimismo se ratifica el pago de la Ubicación Geográfica para el personal
auxiliar operativo dependiente del Ministerio de Educación.
A
continuación toma la palabra la representación sindical quien, analizado que
fuera el preacuerdo firmado en fecha 10 de Febrero entre estas mismas partes
intervinientes, y con la participación y discusión de los órganos
deliberativos de su entidad, quieren expresar que si bien el mismo genera
malestar y resulta insuficiente por la forma y las condiciones (montos fijos
y en Negro), que distorsionan la carrera docente y que excluye al sector de
los docentes pasivos del cobro, es que nuevamente solicitamos la
porcentualidad del Adicional por Recursos y Materiales, el Blanqueamiento y
Porcentualidad de la Zona Patagónica, y el aumento del valor nomenclador
para los cargos Jerárquicos y la readecuación del Nomenclador Unificado de
Cargos Docentes, por lo tanto y por lo expuesto y ante la necesidad de que
los Trabajadores de la Educación perciban un Aumento Salarial como los demás
Trabajadores del estado, se rubrica este acuerdo de partes aceptando el
mismo en todas sus partes, con el compromiso de seguir trabajando en una
recomposición real del sector educativo.-
Asimismo solicitamos se efectúe por única vez en los docentes no
sindicalizados, una quita del 1 % sobre el aumento logrado en la presente
paritaria, todo ello en concepto de aporte solidario.
En este sentido el Ministerio previo a comprometerse
avalando la solicitud planteada, solicitará la intervención legal de la
Fiscalía de Estado de la Provincia
del Chubut a los efectos de
analizar su viavilidad.
Del mismo modo, y como una manifestación de buena voluntad, las partes se
comprometen a trabajar dentro de este ámbito de negociación, diagramando el
siguiente cronograma de
trabajo, encuadrándose el mismo dentro de las comisiones consensuadas
dentro de las comisiones ya organizadas para tal
fin:
•
Dar tratamiento de análisis y una
propuesta para contralor médico que deberá estar finalizada al 20 de Marzo,
fijando una primera reunión para el día sábado 03 de marzo.
•
Al 30 de abril se deberá contar
con una propuesta con relación a la porcentualidad del adicional por
recursos materiales.-
•
Al 31 de Mayo de se deberá contar
con una propuesta que contenga la readecuación completa del nomenclador
unificado de cargos docentes y la porcentualidad y blanqueo de la Zona
Patagónica.
Asimismo las partes acuerdan que en caso de incrementarse por parte de
Nación el monto sobre el incentivo docente, dicho incremento se efectivizará
por fuera del mínimo garantizado.
No siendo para más, siendo las 20:00 hs se da por finalizado el acto.
Leída la presente y ratificada que fuera de conformidad, se firman tres
(3) ejemplares de un mismo tenor y un mismo efecto en el lugar y fecha
mencionados en el introito.-
RESOLUCION Nº 042/12.-
STR.
SECRETARIA DE TRABAJO
Provincia de Chubut
Rawson-Chubut
RAWSON (CH), 24 FEB 2012
VISTO:
El
Expediente N° 00529/12- STR caratulado "S/Acuerdo Paritario entre
Misterio de Educación y
ATECH", la Ley
X
N° 39; y;
CONSIDERANDO:
Que en
fecha 23 de Febrero de 2012, el Ministerio de Educación de la Provincia y la
Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut- ATECH-han celebrado
un acuerdo paritario donde se han fijado las pautas salariales para el
primer semestre del año en curso, en un todo conforme con la Ley
X
N° 39;
Que en
cumplimiento con lo prescripto por la norma citada precedentemente, cada
parte interviniente ha designado oportunamente los siguientes representantes
paritarios: Por la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut-
ATECH- la Secretaria General, Sra. Estefanía AGUIRRE, y los delegados
paritarios Sra. Norma Beatriz LUQUE, la Sra. Marcela CAPÓN y la Sra. Cintia
Beatriz GÓMEZ. Por otra parte, el Gobierno de la Provincia de Chubut ha
indicado como representantes designados el Sr. Ministro de Educación de la
provincia, Prof. Luis ZAFFARONI y el Subsecretario de Recursos, Apoyo y
Servicios Auxiliares, Sr. Diego PUNTA;
Que
primando la buena fe, tras arduas negociaciones, las partes concluyeron en
un acuerdo, respecto del cual se hallan conformes en su extensión y
contenido;
Que, en
el mismo, las partes intervinientes han establecido una suba en los montos
de los básicos testigos y el rubro zona;
Que, de
esta forma, las partes han convenido una recomposición del rubro salarial,
con un incremento de los valores actuales que será efectivizado de la
siguiente manera: un incremento del 10% (Diez por ciento) del básico testigo
que actualmente asciende a la suma de Pesos Dos Mil Ciento Sesenta y Cinco
($2.165.-), a la suma de Pesos Dos Mil Trescientos Ochenta y Uno, con 50/100
($ 2.381,50) a partir del mes de febrero de 2012 y un incremento del 7% del
básico testigo, Pesos Dos Mil Quinientos Cuarenta y Ocho con 20/100 ($
2.548,20) a partir del mes de Julio del corriente;
Que en
específica relación al denominado rubro zona patagónica, el mismo ha sido
estipulado de Pesos Trescientos Cincuenta ($350.-) a Pesos Quinientos
($500.-), con un valor diferencial para la zona sur, que actualmente
asciende a Pesos Seiscientos ($600.-) y que se ha establecido en Pesos Mil
($1000.-);
Que,
además, se conviene en el mismo acto otorgar un adicional por
recursos y materiales, como concepto no remunerativo, no
bonificable que se
abrirá de Febrero a Diciembre y que asciende a la suma de Pesos Cien
($100.), destinado a todos los docentes con excepción de quienes se
encuentren adscriptos o en
comisión de servicio;
Que de
igual modo, se establece un adicional por cargo directivo y
supervisión,
que consiste en una suma
no remunerativa,
no bonificable,
de
carácter mensual,
que asciende a la
suma de Pesos Trescientos
($300.-),
destinado a quienes ejerzan los siguientes cargos:
Director, Vicedirector, regente,
Jefe general de
Enseñanza Práctica, Secretario,
Maestro Secretario
y
Supervisores- de todos los niveles, modalidades y categorías;
Que
asimismo se ha propuesto y aceptado respectivamente, un salario
mínimo garantizado
Ley I N° 445, de $2.925
(Pesos Dos
Mil Novecientos
Veinticinco), con una diferenciación para la zona sur, lo cual representa
por igual concepto un valor de Pesos Tres Mil Cuatrocientos Veinticinco
($3.425.-) y que se
elevará en el mes de julio a los siguientes montos: Pesos Tres Mil Cincuenta
($3.050.-) para la zona norte y Pesos Tres Mil Quinientos Cincuenta
($3.550.-)
para la zona sur, en todos los casos exentos del
adicional de recursos y
materiales;
Que,
por otro lado, las partes han concertado que durante el segundo
semestre del año, en el marco del procedimiento
paritario, será acordada una
nueva pauta salarial;
Que, de
idéntica forma, se ratifica el pago de la Ubicación Geográfica para
el personal auxiliar operativo dependiente del
Ministerio de Educación;
Que
además se comprometen las partes a, en el marco de la discusión
paritaria, dar tratamiento de análisis y una
propuesta para contralor médico que
deberá estar finalizada al 20 de Marzo de 2012, fijando una primera
reunión el día
03 de Marzo del corriente;
Que
asimismo se estipula que al 30 de Abril de 2012 se deberá contar con
una propuesta en relación a la porcentualidad del
adicional recurso material;
Que de
idéntica manera al 31 de Mayo del corriente se deberá contar con
una propuesta que contenga la readecuación completa
del nomenclador unificado
de cargos docentes y la porcentualidad y blanqueo de la Zona
Patagónica;
Que, es
menester dejar señalado que la parte sindical solicita se efectúe
por única vez en los docentes no sindicalizados una
quita del 1% (uno por ciento)
sobre el aumento alcanzado en concepto de aporte solidario, a lo cual
el Ministerio
se
compromete a dar debida intervención a la Fiscalía de Estado de la provincia
a
los efectos de analizar su viabilidad;
Que,
asimismo, han acordado las partes que, en caso de incrementarse el monto
sobre incentivo docente por
parte de Nación, dicho incremento se efectivizará por fuera del mínimo
garantizado;
Que
en el entendimiento de que es
necesario mantener el diálogo abierto, y el marco de discusión paritaria,
las partes presentes han
solicitado la homologación por esta Secretaria de Trabajo, conforme al
artículo 22 de la Ley X Nº 39;
Que,
corresponde analizar en una homologación si existen vulneraciones a los
derechos de las partes;
Que no
existiendo las mismas, no existen objeciones formales
ni legales que formular al respecto;
Que en
el acuerdo precipitado obran
estampadas las firmas de las partes, ante funcionario público, lo cual da
plena fe del acto;
Que por
lo expuesto corresponde homologar el acuerdo sub- examine;
Que la
Dirección General de Asuntos Legales ha tomado debida intervención;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE
Articulo 1º.- Homológuese en todas sus partes el acuerdo alcanzado
por el Gobierno de la Provincia de Chubut, y la Asociación de Trabajadores
de la Educación del Chubut- ATECH-, en fecha 23 de febrero de 2012; en un
todo de acuerdo con los considerandos que
anteceden.-
Articulo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Sr.
Subsecretario de Asociativismo y
Economía Social.-
Articulo 3º.- Notifíquese de la presente a la
Secretaria General de la gobernación,
a la Secretaria Legal y Técnica, y al Ministerio de Economía y Crédito
Público, para su debida toma de razón.
Articulo 4º.- Regístrese, Notifíquese Dése al boletín oficial, y
Cumplido, ARCHÍVESE.
LEY X-Nº 54
ANEXO A
TABLA DE ANTECEDENTES
|
Artículo del Texto
Definitivo
|
Fuente
|
Todos los Artículos del texto definitivo provienen del texto
original de la ley.-
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LEY X -Nº 54
ANEXO A
TABLAS DE EQUIVALENCIAS
|
Número de artículo del
Texto Definitivo
|
Número de artículo del
Texto de Referencia
|
Observaciones
|
Todos los Artículos del texto definitivo se corresponden con los
artículos del texto
original de la ley.-
|