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HONORABLE
LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut |
X-43-ANEXO-A |
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ANEXO A
Entre el Gobierno de la Provincia del Chubut, representado en este acto por el señor Gobernador don Mario Das Neves, con domicilio en calle Fontana N° 50 de la Ciudad de Rawson, en adelante EL GOBIERNO Petrominera Chubut Sociedad del Estado representada por su Interventor, don Néstor Di Pierro, con domicilio en Democracia 51 de la ciudad de Comodoro Rivadavia, la Municipalidad de Comodoro Rivadavia, representada por su Intendente Doctor Raúl Simoncini, con domicilio en Moreno 820 de Comodoro Rivadavia, en adelante LA MUNICIPALIDAD y la Cámara de Industria Comercio y Producción de Comodoro Rivadavia, con domicilio en Rivadavia N° 452 de la ciudad de Comodoro Rivadavia, representada por su presidente la señora Ana María Bonaguro, en adelante LA CAMARA, nucleados en el Foro de Producción Metalmecánica; el Consejo de Formación Profesional de Comodoro Rivadavia con domicilio en Avenida del Libertador 560 de comodoro Rivadavia representado por su presidente el Ingeniero Hugo Bacigalupo, en adelante “El Consejo”, la Fundación para la Capacitación del Trabajador del Petróleo y Gas Privado (FuCTRAPEG) representada por su presidente, Rubén Ferreira, en adelante “La Fundación” acuerdan rubricar la presente ACTA FUNDACIONAL de la ESCUELA PATAGONICA DE LOS TRABAJADORES, como corolario de la prueba piloto desarrollada en el ámbito del Ministerio de la Producción, la Secretaría de Hidrocarburos y la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia durante el año 2004.
PRIMERA: OBJETO
LA ESCUELA PATAGONICA DE LOS TRABAJADORES tiene la finalidad de:
Atender las necesidades de capacitación de trabajadores existentes en la región cubriendo las exigencias técnicas y actitudinales que el contexto actual demanda para que la producción local sea competitiva en los mercados nacionales y extranjeros.
Contribuir a impulsar la competitividad de las pymes locales y regionales de empleabilidad y capacitación de los chubutenses.
Contribuir el desarrollo de una cultura de la capacitación favoreciendo las relaciones de colaboración entre los trabajadores y los empresarios.
SEGUNDA: NATURALEZA
Las partes acuerdan que LA ESCUELA PATAGONICA DE LOS TRABAJADORES será un aspecto mixto y participativo, abierto a la integración del sector empresarial y del trabajo y demás vinculados a la capacitación.
Las partes se comprometen a consolidar el espacio de formación de RRHH en forma sostenida y a colaborar en dicho proceso con todos los medios a su alcance.
De igual consensuarán en un plazo máximo de tres meses, a partir de la firma del presente, el formato jurídico definitivo que asumirá la ESCUELA
TERCERA: COMPROMISOS
El Ministerio de la Producción y la Subsecretaría de Trabajo comprometen aportes económicos con destino específico a solventar las erogaciones que demande el cumplimiento del Plan de Acciones de la ESCUELA.
El consejo y la Fundación se comprometen a elaborar el proyecto de la ESCUELA y sensibilizar y comprometer a los actores sociales que se incorporen a la misma.
CUARTA: ACCIONES
- Identificar las necesidades de capacitación que tienen demanda real en el mercado laboral.
- Diseñar y programar cursos para desocupados y para trabajadores en actividad.
- Relevar las instituciones y docentes que los puedan implementar;
- Comprometer a las empresas que recibirán pasantes y con necesidades de contratar nuevos trabajadores;
- Relevar las necesidades de capacitación de trabajadores en actividad,
- Relevar lugares y equipamiento necesarios para las distintas capacitaciones;
- Armar el presupuesto con aportes públicos (municipales, provinciales y el carácter de los aportes;
En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Comodoro Rivadavia, provincia de Chubut, a los 16 días del mes de marzo del año 2005.-
TOMO: 7 - FOLIO: 196 - FECHA: 29 de Marzo de 2005.-
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