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HONORABLE
LEGISLATURA DEL CHUBUT
Mitre 550 Rawson - Pcia. del Chubut |
IX-68 |
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LEY IX - Nº 68
(Antes Ley 5511)
Artículo 1°.- Apruébase en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Provincia del Chubut, representada por el Señor Gobernador, D. Mario DAS NEVES, y la Asociación Argentina de Criadores de Hereford, representada por su Presidente, D. Luis MANZANO SMALL, en fecha 29 de marzo de 2.006, con el objeto de llevar a cabo el programa denominado “Polo Genético Hereford para la Provincia del Chubut”, protocolizado al Tomo 9, Folio 184, con fecha 05 de mayo de 2.006, del Registro de Contratos de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno.
Artículo 2°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
LEY IX - Nº 68 (Antes Ley 5511) TABLA DE ANTECEDENTES
Artículo del Texto Definitivo Fuente
Todos los artículos de este Texto Definitivo provienen del texto original de la Ley 5511
LEY IX - Nº 68 (Antes Ley 5511) TABLA DE EQUIVALENCIAS
Número de artículo del Texto Definitivo Número de artículo del Texto de Referencia (Ley 5511) Observaciones
La numeración de este Texto Definitivo corresponde a la original de la Ley 5511
Observaciones Generales
El convenio aprobado por la presente norma como Anexo de la misma, ha sido analizado en soporte papel y no se adjunta su texto por no estar digitalizado. No obstante, se deja constancia de que su texto definitivo vigente es su texto original.
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