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L E
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IX
Nº
163
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
L
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Artículo 1°.-
Apruébase en todos sus términos el Convenio
de Afianzamiento, Consolidación y Promoción
de las Economías Provinciales, celebrado en
fecha 5 de abril de 2023, entre la Provincia del Chubut y el
Consejo Federal de Inversiones,
protocolizado al Tomo 2, Folio 106 del Registro de
Contratos de Locación de Obras e Inmuebles
de la Escribanía General de Gobierno, en
fecha 26 de abril de 2023, con el objeto de
llevar adelante acciones de apoyo, estímulo
y fortalecimiento para la promoción de la
producción en todos sus aspectos, del
turismo sustentable haciendo foco en la vida
saludable de la comunidad y la conservación
de la biodiversidad local y el desarrollo de
las industrias creativas y culturales, la
generación de empleo, el aumento de la
productividad y competitividad y/u otros
ejes estratégicos que la provincia tienda a
promover e impulsar en el marco de políticas
públicas dirigidas a dinamizar la realidad
económica, social y cultural de cada una de
las localidades de la provincia, procurando
con ello fomentar el crecimiento
igualitario, sostenible y equitativo de esas
jurisdicciones en esos aspectos, para cuya
implementación el Consejo Federal de
Inversiones aportó la suma total de PESOS
CIENTO CINCUENTA MILLONES ($150.000.000).
Artículo 2º.-
LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT, AL PRIMER DÍA DEL MES DE JUNIO DE
DOS MIL VEINTITRÉS.
Lic. PAULA
MINGO
Secretaria Legislativa
Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
RICARDO
DANIEL SASTRE
Presidente
Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
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