L E
Y
II Nº
289
LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
L
E
Y
Artículo 1°.-
Increméntese
en
la
suma
de
PESOS
CIENTO
CUARENTA
Y
SIETE
MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE
MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL
CINCUENTA ($147.869.962.050.-), el total de
Erogaciones del Presupuesto General de la
Administración Provincial Central y
Organismos Descentralizados para el
Ejercicio 2023, con destino a las
finalidades que se indican a continuación y,
analíticamente, en las Planillas Anexas N°1
a 5 y 8, que forman parte de la presente
Ley.
FINALIDAD
|
ADM. CENTRAL
|
ORG. DESCENT.
|
TOTAL
|
Administración Gubernamental
|
47.809.978.091
|
151.020.000
|
47.960.998.091
|
Servicios de Seguridad
|
12.808.561.533
|
|
12.808.561.533
|
Servicios Sociales
|
65.775.038.419
|
773.191.000
|
66.548.229.419
|
Servicios Económicos
|
11.237.353.873
|
2.399.585.000
|
13.636.938.873
|
Servicios de la Deuda
|
6.915.234.134
|
|
6.915.234.134
|
Totales
|
144.546.166.050
|
3.323.796.000
|
147.869.962.050
|
Artículo 2º.-
Increméntese en
la suma
de
PESOS
CIENTO
TREINTA
MIL
SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES
TRESCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y
SEIS ($130.635.302.636.-), el Cálculo de
Recursos destinados a atender las
Erogaciones a que se refiere el artículo 1º,
de acuerdo a la distribución que se indica a
continuación y con el detalle que figura en
la Planilla Anexa N°7, que forma parte de la
presente Ley:
RECURSOS DE ADMINISTRACION CENTRAL
|
|
130.635.302.636
|
- Corrientes
|
130.635.302.636
|
|
- De Capital
|
|
|
TOTAL DE RECURSOS
|
|
130.635.302.636
|
Artículo 3º.-
Como consecuencia de lo establecido en los
artículos 1º y 2º, disminúyase por la suma
de PESOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y
CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y
NUEVE MIL CUATROCIENTOS CATORCE ($
17.234.659.414.-) las Aplicaciones
Financieras, de acuerdo a la distribución
que se indica a continuación y al detalle
que figura en la Planilla Anexa N°6, que
forma parte de la presente Ley.
APLICACIONES FINANCIERAS
|
ADMINISTRACIÓN
CENTRAL
|
ORGANISMOS DESCENTRAL
|
Inversión Financiera
|
|
|
Amortización de la Deuda y
Disminución de Otros Pasivos
|
-17.234.659.414
|
|
TOTAL
|
-17.234.659.414
|
|
Artículo 4º.-
Increméntese en CIENTO ONCE (111) el número
de cargos de la Planta de Personal
Permanente y Temporaria, en CIEN (100) las
Horas Cátedra, conforme Planilla Anexa Nº9,
que forma parte de la presente Ley y de
acuerdo al siguiente detalle:
NIVEL INSTITUCIONAL
|
Cargos de Planta Permanente y Temporaria
|
Horas Cátedra
|
ADMINISTRACION CENTRAL
|
111
|
100
|
ORGANISMOS DESCENTRALIZ.
|
|
|
TOTAL GENERAL
|
111
|
100
|
Artículo 5º.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES
DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DEL CHUBUT, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES
DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTITRÉS.
Lic. PAULA
MINGO
Secretaria Legislativa
Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
RODDY
ERNESTO INGRAM
V icep residente
1°
Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut
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